N° 66670/18 Aviso del Boletín Oficial
CAMBIO PARIS S.A.
Texto del aviso
CAMBIO PARIS S.A.
Por Acta de Asamblea del 23 de mayo de 2018 se resolvió modificar las cláusulas 2°, 4°, 5°, 7° y 9° del estatuto
de la Sociedad. La cláusula 2° incorpora el requisito para establecer sucursales, previa comunicación a la
Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. La cláusula 4° queda redactada: “La sociedad tiene
por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, inclusive en los términos previstos
en el Capítulo III de la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias, de las siguientes actividades: A) CAMBIARIAS: Compra
y venta de monedas y billetes extranjeros; compra de cheques de viajero, que deberán ser vendidos únicamente
a las entidades financieras autorizadas para operar en cambios; compra y venta de oro amonedado y en barra
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.952 - Segunda Sección 87 Miércoles 12 de septiembre de 2018
de “buena entrega”; para la atención de sus operaciones deben aplicar, exclusivamente, las tenencias locales
que resulten de transacciones realizadas con sus clientes, con entidades financieras autorizadas para operar en
cambios y casas y agencias de cambio, todo ello de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 18.924, a las demás
leyes y decretos reglamentarios que rigen en la materia, y a las normas fijadas por el Banco Central de la República
Argentina; B) TURISMO: En todas sus formas: organización de viajes, excursiones, cruceros, y giras individuales
o colectivas, de índole turísticos, dentro y fuera del país, venta de pasajes terrestres, marítimos y aéreos, de
cabotajes, y/o internacionales, alquiler de vehículos de remises, taxis, transporte aéreo, marítimos y terrestre,
no pudiendo vulnerar el ejercicio de la actividad turística permitida, la legislación y reglamentación que rige la
actividad cambiaria. Las actividades mencionadas se realizarán previa autorización de la autoridad competente
cuando corresponda. La Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y
ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.” El capital social fue aumentado
de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) a PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000). La cláusula 7° establece
que las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. La cláusula 9° modifica la dirección
y administración de la sociedad estará a cargo del directorio integrado por uno a cinco titulares, pudiendo elegir
igual número de suplentes, todos por el término de tres ejercicios. Autorizado según instrumento privado acta de
asamblea de fecha 23/05/2018
Matias Grinberg - T°: 57 F°: 492 C.P.A.C.F.
e. 11/09/2018 N° 66670/18 v. 12/09/2018