W20 Argentina W20Argentina

N° 21000290/2012 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

Edictos Judiciales viernes, 14 de septiembre de 2018

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,

Dr. Fermín Amado Ceroleni se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco (5) días de

lo dispuesto en la Sentencia Nº 10 de fecha 25 de Abril de 2017, en la causa caratulada: “FRANCO ROSA LUCIA

Y OTROS S/SUPUESTA INFRACCION LEY 23.737” Expte. FCT 16001758/2010 y sus acumulados “FRANCO,

ROSA LUCIA, VEGA MANUEL RAMON; ROMERO GUSTAVO Y ROMERO MAXIMILIANO RAMON S/SUPUESTA

INFRACCION LEY 23.737” Expte. Nº 21000290/2012 y “FRANCO, ROSA LUCIA, VEGA MANUEL RAMON y

ROMERO GUSTAVO AMADEO S/SUPUESTA INFRACCION LEY 23.737” Expte. Nº 1303/2025 respecto a Gustavo

ROMERO, D.N.I. Nº 10.032.817, de nacionalidad argentina, de 66 años de edad, de estado civil casado, de profesión

electromecánico, nacido en Corrientes- Capital el 21 de octubre de 1951, domiciliado en Irala 2660 de la ciudad

de Corrientes, hijo de Amadeo Romero (f) y de Juana Guillermina Gauna (f), la que dispone: “SENTENCIA Nº 10.

CORRIENTES, 25 de Abril de 2017.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE

RESUELVE: 1º) … 2º) … 3º) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10) .. 11º) CONDENAR a GUSTAVO ROMERO,

D.N.I. Nº 10.032.817, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos tres mil quinientos

($ 3.500,00) la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como

coautor penalmente responsable del delito de Tenencia de Estupefacientes con fines de Comercialización previsto

y reprimido por el art. 5, Inc. c) de la Ley 23.737, con costas (arts. 40, 41 y 45 del Código Penal y arts. 530, 531,

533 y 535 del CPPN). 12º) … 13º) … 14º) … 15º) … 16º) … 17º) … 18º) … 19º) … 20º) … 21º) REGISTRAR, agregar

el original al expediente; cursar las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar

por secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.954 - Segunda Sección 174 Viernes 14 de septiembre de 2018

oportunamente archivar.- FDO.: - - Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO- FERMIN AMADO CEROLENI -Dra. LUCRECIA

M. ROJAS de BADARÓ -Jueces de Cámara-. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS – Secretaria. Tribunal Oral

en lo Criminal Federal – Corrientes”.- Sala III Causa Nº FCT 16001758/2010/TO1/CFC1 “FRANCO, Lucía Rosa y

otro s/recurso de casación”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 21 días del mes de febrero

de 2018 Resulta… Vistos…. Considerando… Por ello, el Tribunal, por mayoría, RESUELVE: …. I. HACER LUGAR

PARCIALMENTE al recurso de casación deducido por la defensa pública oficial, casar el punto 11º) de la sentencia

y condenar a Gustavo Romero a la pena de tres años de prisión como autor penalmente responsable del delito de

tenencia simple de estupefacientes. Sin costas (arts. 470, 530 y 531 –a contrario sensu-) 532 –en función del art. 22

inc. d) de la ley 27.149- del C.P.P.N.). II. RECHAZAR, en lo demás, el recurso incoado por la defensa pública oficial

y por la defensa particular de Manuel Ramón Vega y Rosa Lucía Franco, con costas para esta última y sin costas

para la defensa pública oficial (arts. 530, 531 y 532 –en función del art. 22 inc. d) de la ley 27.149- del C.P.P.N.

del C.P.P.N.). Regístrese, notifíquese y oportunamente comuníquese a la Secretaría de Comunicación y Gobierno

Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada Nº 42/15 C.S.J.N.) y remítase la causa al Tribunal

de origen, sirviendo la presente de atenta nota de envío. Firmado por: JUAN CARLOS GEMIGNANI, JUEZ DE

CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: EDUARDO R. RIGGI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE

CASACION PENAL Firmado por: CARLOS ALBERTO MAHIQUES, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION

PENAL Firmado (ante mi) por: MARIA VICTORIA PODESTA, PROSECRETARIA DE CAMARA

DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 14/09/2018 N° 68176/18 v. 20/09/2018