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N° 120/2018 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10

Edictos Judiciales miércoles, 19 de septiembre de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10

SECRETARÍA NRO. 20

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO Nº 10, SECRETARÍA Nº 20 PUBLICA EDICTO A FIN DE

NOTIFICAR A DANIEL ÍTALO GERLI (DNI 20.250.917), ORDENADO EL 12/9/2018, PARA PUBLICAR DURANTE

CINCO DÍAS EN EL BOLETIN OFICIAL (ART. 150 DEL C.P.P.N.), en el marco de la causa N° CPE 120/2018 (260)

caratulada: “FUSION OPERACIONES ESPECIALES (FOE) S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769”, lo que a

continuación se transcribe en sus partes pertinentes:

FS. 267/vta.: “Buenos Aires, 12 de septiembre de 2018… 2. En atención a lo informado por Gustavo Fabián

MASTELONO en el escrito aludido en el párrafo anterior y no habiéndose celebrado las audiencias fijadas a fs.

202/206vta., cítese nuevamente a Daniel Ítalo GERLI… a prestar declaración indagatoria en las audiencias que

se señalan para el día 21/11/2018 a las 10.00… bajo el mismo apercibimiento dispuesto a fs. 202/206vta… 4.

Teniendo en consideración el resultado infructuoso del intento efectuado hasta el momento para intentar ubicar a

Daniel Ítalo GERLI -D.N.I. Nº 25.250.917 (ver fs. 246 y 261/vta.), publíquense edictos en el Boletín Oficial, durante

cinco días (art. 150 del C.P.P.N.), a fin de notificar a aquél de lo resuelto por este tribunal a fs. 202/206vta., 240/

vta. y lo dispuesto por el punto 2 del presente. Asimismo, hágase saber al nombrado GERLI (mediante edictos)

que se lo invita a designar letrado defensor de su confianza, dentro del tercer día de notificado; caso contrario,

se le designará al Defensor Público Oficial ante los Juzgados Nacionales en lo Penal Económico que por turno

corresponda (art. 107 del C.P.P.N.) y se tendrán por constituidos sus domicilios en la sede de dicha Defensoría

Oficial… Fdo. Diego García Berro, Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres, Secretaria.

FS. 202/206 VTA.: “Buenos Aires, 31 de julio de 2018. AUTOS Y VISTOS:… Y CONSIDERANDO: 1°) Que el objeto

de investigación en las presentes actuaciones consiste en las faltas de depósito, por parte de los responsables

de la contribuyente FUSION OPERACIONES ESPECIALES (FOE) S.A. (C.U.I.T. N° 33-70891615-9), dentro de los

diez días hábiles administrativos de vencidos los plazos para ingresar aquéllos, de los aportes correspondientes

al Sistema Único de Seguridad Social (tanto al Régimen Nacional de Seguridad Social como al Régimen Nacional

de las Obras Sociales) retenidos a los dependientes de la referida contribuyente, correspondientes a los períodos

fiscales 11/2011 a 2/201(2), ambos períodos inclusive, y 4/2012 a 1/2013, ambos períodos inclusive, por las sumas

que se detallan en el siguiente cuadro…:

PERÍODOMONTO APORTES SEG. SOC.MONTO APORTES OBR. SOC.TOTAL

12/2011$ 74.452,06$ 13.178,33$ 87.630,39

1/2012$ 47.731,25$ 9.549,04$ 57.280,29

2/2012$ 56.214,14$ 10.763.30$ 66.977,44

4/2012$ 63.212,87$ 11.876,90$ 75.089,77

5/2012$ 58.997,93$ 11.215,76$ 70.213,69

6/2012$ 115.566,45$ 22.019,95$ 137.586,40

7/2012$ 94.461,27$ 18.837,38$ 113.298,65

8/2012$ 86.747,44$ 15.516,93$ 102.264,37

9/2012$ 63.527,95-$ 63.527,95

10/2012$ 59.892,66-$ 59.892,66

11/2012$ 54.722,66$ 9.612,55$ 64.335,21

12/2012$ 73.824,66$ 12.919,83$ 86.744,49

1/2013$ 47.630,87$ 8.333,61$ 55.964,48

… SE RESUELVE: I. SOBRESEER PARCIALMENTE en las presentes actuaciones N° 120/2018 (260) caratuladas:

“FUSION OPERACIONES ESPECIALES (FOE) S.A. SOBRE INFRACCION LEY 24.769”… a Daniel Ítalo GERLI (D.N.I.

N° 20.250.917), en orden a los hechos descriptos por la consideración 1° que se vinculan con los períodos 12/2011,

1/2012, 2/2012, 4/2012, 5/2012, 9/2012, 10/2012, 11/2012, 12/2012 y 1/2013 (arts. 334, 335 y 336 inc. 3°, del C.P.P.N.).

II. DECLARAR que la formación de este proceso con relación a los hechos indicados en el punto I no afectó el

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.957 - Segunda Sección 80 Miércoles 19 de septiembre de 2018

buen nombre y honor de que hubieren gozado los allí nombrados (art. 336 último párrafo, del C.P.P.N.). III. REMITIR

testimonios de las partes pertinentes de presentes actuaciones a la Administración Federal de Ingresos Públicos a

los fines expresados por la consideración 11° de la presente… V. HACER LUGAR PARCIALMENTE a lo solicitado a

fs. 195/200vta. punto III. 3, y CITAR a prestar declaración indagatoria en los términos del artículo 294 del C.P.P.N.

a Daniel Ítalo GERLI y a FUSION OPERACIONES ESPECIALES (FOE) S.A., en orden a los hechos allí descriptos

que se vinculan con los períodos 6/2012, 7/2012 y 8/2012, en las audiencias que se fijan a tal fin para el día 4 de

septiembre de 2018 a las 10:00 y 12 horas, respectivamente… Hágase saber a las personas físicas nombradas por

los puntos V y VI que deberán comparecer, bajo apercibimiento de ser declaradas rebeldes y ordenar sus capturas

en caso de inasistencias injustificadas (confr. arts. 282 segundo párrafo, 288 y 289 del C.P.P.N.). Asimismo hágase

saber a aquéllas y a la sociedad, que se los invita a designar defensor de su confianza dentro del tercer día

de notificados; caso contrario, se les designará al Defensor Oficial ante los Juzgados Nacionales en lo Penal

Económico, en turno, y se tendrán por constituidos sus domicilios procesales en la sede de la Defensoría Oficial

respectiva… Fdo. Diego García Berro, Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres, Secretaria”.

Auto de fs. 240: “Buenos Aires, 14 de agosto de 2018… 2. Por recibido el recurso interpuesto por el señor

representante del Ministerio Público Fiscal a fs. 226/229 contra los puntos I y II de la resolución de fs. 202/206 vta.;

y toda vez que fue deducido en legal tiempo y forma (confr. fs. 208 y 229), concédase aquél sin efecto suspensivo

(arts. 337, 442, 449 y 450 del C.P.P.N.). Ténganse presente la reserva del caso federal efectuada por el señor Fiscal.

Por otra parte, teniendo en cuenta que lo dispuesto por el punto III del referido pronunciamiento por el cual este

tribunal dispuso la remisión de testimonios de las partes pertinentes de las presentes actuaciones a la A.F.I.P.- D.G.I.

para que en aquella sede se establezca si en los casos allí referidos se incurrió en infracciones administrativas, no

resulta una de las resoluciones de las expresamente declaradas apelables por el código adjetivo, ni ello ocasiona

un gravamen de imposible reparación ulterior, el recurso de apelación interpuesto a fs. 226/229 por el señor

Fiscal contra el referido punto III (de conformidad con lo que se establece por el art. 449 del C.P.P.N.) resulta

formalmente improcedente… En consecuencia, corresponde denegar el recurso interpuesto contra el punto III de

la mencionada resolución de fs. 202/206 vta.; lo que así se dispone (confr. art. 444 primer párrafo del C.P.P.N.) …

Fdo. Diego García Berro, Juez. Ante mí: Patricia Roxana Mieres, Secretaria”.

Diego Garcia Berro Juez - Patricia Roxana Mieres Secretaria

e. 14/09/2018 N° 68020/18 v. 20/09/2018