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N° 69913/18 Aviso del Boletín Oficial

DISTANTE FLORENCIA C Y DISTANTE HERNAN M S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 20 de septiembre de 2018

Texto del aviso

DISTANTE FLORENCIA C Y DISTANTE HERNAN M S.R.L.

1) Florencia, Cecilia Distante, argentina, soltera, empresaria, 16/03/1984, DNI 30.861.159, CUIL 27-30.861.159-6,

Arregui 2531 CABA y Hernán Martín Distante, argentino, soltero, empresario, 24/06/1989, DNI 34.564.598, CUIL

20-34.564.598-6, Arregui 2531 CABA; 2) 19/09/2018; 3) Distante Florencia C y Distante Hernán M S.R.L; 4) Arregui

2529 CABA; 5) La sociedad tiene por objeto la venta por menor y mayor de materiales para la construcción, sus

accesorios, sanitarios, puertas, portones, alambres, y todos los productos y subproductos que hacen al objeto

principal; realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros o asociada a terceros la compraventa, distribución y

fraccionamiento de toda clase de materiales y productos para la construcción afines al objeto social; representación,

comercialización, de materiales y productos para la construcción en sus más variados tipos y/o cualesquiera de

sus partes integrantes y todo tipo de explotación comercial relacionada directamente con el objeto social; 6) 99

años; 7) $ 100.000 dividido en 10.000 cuotas de $ 10 valor nominal cada una, totalmente suscriptas por los socios.

Este capital se integra en dinero en efectivo y en un veinticinco por ciento, debiendo integrar el saldo en el plazo

que fija el Artículo 149 de la Ley 19.550, computado a partir de la fecha de inscripción de la sociedad. Los socios

suscriben el capital social de acuerdo al siguiente detalle: Florencia Cecilia Distante: 5.000 cuotas y Hernán Martín

Distante: 5.000 cuotas; 8) Uno o más gerentes, hasta su reemplazo; 9) Socios gerentes: Florencia Cecilia Distante

y Hernán Martín Distante. Constituyen domicilio especial en Arregui 2529 CABA.-

Autorizado según instrumento privado CONTRATO CONSTITUTIVO de fecha 19/09/2018

Mariana Landa Arraras - T°: 121 F°: 384 C.P.A.C.F.

e. 20/09/2018 N° 69913/18 v. 20/09/2018