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N° 73677/18 Aviso del Boletín Oficial

OLIVA Y QUESO S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 4 de octubre de 2018

Texto del aviso

OLIVA Y QUESO S.R.L.

Cesión de cuotas por escritura pública Nº 968 del 18/09/18, folio 2191, Registro 13, CABA. 1º) El socio Federico

Eduardo Martinez, argentino, nacido el 08/08/79, soltero, DNI. 27.704.083, CUIL 20-27704083-3, comerciante,

domiciliado en Posadas 1032, Ituzaingo, Provincia de Buenos Aires, CEDE a Pedro Adrian Slonimschik, argentino,

nacido el 29/08/67, casado, DNI. 18.565.070, CUIT 20-18565070-8, empresario, domiciliado en Honorio Pueyrredón

1692, CABA, la cantidad de 25.000 cuotas sociales, quedando integrado el capital: Federico Esteban Racciatti,

25.000 cuotas y Pedro Adrián Slonimschik, 25.000 cuotas. 2º) Precio de la Cesión: $ 25.000. 3º) El cedente Federico

Eduardo Martinez renuncia al cargo de gerente para el que fuera designado, lo cual es aceptado por unanimidad.

4º) Se designa Gerente a Pedro Adrian Slonimschik, continuando además en su cargo el señor Federico Esteban

Racciatti, aceptando el señor Slonimschik el cargo para el que es designado y constituye domicilio especial en

Honorio Pueyrredón 1692, CABA. 5º) Se Reforma el Artículo Quinto del Contrato Social, que dice: “Artículo Quinto:

La Administración, representación legal de la sociedad y el uso de la firma social estará a cargo de los señores

Federico Esteban Racciatti y Pedro Adrian Slonimschik, quienes actuarán por todo el plazo de duración de la

sociedad, en la siguiente forma: A) en forma indistinta de uno cualquiera de los gerentes para actos de simple

administración, cobrar y percibir; actuaciones administrativas y/o judiciales. B) En forma conjunta de ambos socios

Gerentes para realizar actos de disposición de bienes, contratación de préstamos, constituciones de garantías

o fianzas, otorgamiento de Poderes y actuación en Bancos oficiales o privados.- En consecuencia los Gerentes

tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social en la

forma indicada, las que resultan del Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley 19.550. Los Gerentes deberán

constituir una garantía de cualquiera de las modalidades, características y montos no inferiores a las requeridas

en las resoluciones vigentes por la autoridad administrativa de control a cargo del Registro Público de Comercio”.-

Firma: Esc. Ricardo Darío Rossi, autorizado en escritura pública Nº 968 de fecha 18/09/18, folio 2191, Registro 13

CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 968 de fecha 18/09/2018 Reg. Nº 13

Ricardo Darío Rossi - Matrícula: 1791 C.E.C.B.A.

e. 04/10/2018 N° 73677/18 v. 04/10/2018