N° 77818/18 Aviso del Boletín Oficial
DINALIGHT S.R.L.
Texto del aviso
DINALIGHT S.R.L.
Por Esc Nro. 92 Folio 285 del 13/09/2018 Registro 2131 CABA, la sociedad DINALIGHT S.R.L. decidió y aprobó:
1) Ampliación de su objeto social y reforma de la Cláusula Tercera del Contrato Social, quedando redactada así:
“TERCERA: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, tanto
en el país como en el extranjero, en el área pública como privada, a las siguientes actividades: Fabricación,
distribución, reparación, todo tipo de mantenimiento, instalación, compra, venta, alquiler, permuta, consignación,
representación, acopio, depósito, operación, generación, traslado, importación, exportación y toda otra forma de
comercialización de: todo tipo de carteles y dispositivos publicitarios y/o comunicacionales de tecnología tradicional,
con tecnología LED u otra tecnología disponible en el futuro; Equipos para la gestión vial y/o de tránsito, equipos
contadores de tránsito, balanzas para pesaje de vehículos estáticos y dinámicos, contadores y clasificadores de
tránsito, equipos lectores de patentes, lectura de velocidad, cámaras de monitoreo, dispositivos y/o equipos de
seguridad vial o de información al usuario o de detección de incidentes, elementos para el correcto funcionamiento
de dichos equipos y transmisión de datos recogidos, así como sus repuestos, insumos, elementos, productos
principales, accesorios y la asistencia técnica local o extranjera tendiente a lograr una eficiente operación de los
equipos mencionados; La realización de todas las obras necesarias para tales fines, como, asimismo, la refacción
y/o modificación de las construcciones ya existentes; la confección de tales proyectos y la dirección de dichas
obras; Ejercer representaciones, mandatos y/o franquicias de proveedores, otorgar garantías técnicas, realizar
estudios, asesoramiento, dictámenes, informes y aplicación de tecnología LED a procesos industriales, comerciales,
publicitarios, para lo cual la sociedad contará con profesionales habilitados; Realizar obras civiles y estructuras
de construcción, electrificación tradicional y/o solar o cualquier otro tipo disponible en el futuro, iluminación,
su instalación y traslado, tendidos eléctricos, tanto públicas como privadas; Brindar servicios profesionales de
ingeniería, para lo cual podrá realizar tanto en la actividad pública como privada, nacional e internacional, la
prestación y asistencia técnica en los sectores de la actividad ingenieril vinculados al área de tránsito, transporte
y seguridad vial; Prestar servicios de telecomunicaciones, enlaces de datos y/o sus servicios complementarios,
como así también realizar todas las actividades accesorias y conexas; Comercializar bienes, infraestructura y
servicios correspondientes a la tecnología de la información y comunicaciones; Tendido de instalaciones de
datos y transmisión de información, desarrollo y comercialización de Software, así como accesorios y periféricos
informáticos; Fabricación, instalación, traslado y/o mantenimiento de estructuras metálicas.- Con relación al objeto
enunciado, la sociedad podrá también formar parte o ser miembro de Contratos de Colaboración Empresaria,
Uniones Transitorias de Empresas, tanto los regulados en los artículos 367, 377 y concordantes de la Ley de
Sociedades Comerciales, como de otros innominados o no regulados.- Para su cumplimiento, la sociedad goza
de plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos y operaciones relacionados con su objeto, pudiendo
celebrar a tales fines, contratos de “franchising”, “leasing”, locación, otorgando las franquicias que resulten
menester”.- 2) Modificar el plazo de duración de los Gerentes en su mandato, pasando del término actual de tres
años, a que los miembros de la Gerencia ejerzan su mandato por todo el término de duración de la sociedad, por
lo que dejaron reformada la Cláusula Quinta del Contrato Social.- 3) Renuncia del señor de la Campa a su cargo
de Gerente. Por su parte los señores Tomás VARIN y Juan Matías SOLIÑO aceptaron la renuncia del señor de la
CAMPA a dicho cargo; continuando los mencionados señores Tomás Varin y Juan Matías Soliño, en el cargo de
Gerentes de la sociedad.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 92 de fecha 13/09/2018 Reg. Nº 2131
laura graciela diaco - Matrícula: 4334 C.E.C.B.A.
e. 18/10/2018 N° 77818/18 v. 18/10/2018