N° 81229/18 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL,
Texto del aviso
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL,
DE CONCILIACIÓN Y DE FAMILIA NRO. 1
SECRETARÍA NRO. 2 ALTA GRACIA - CÓRDOBA
USUCAPION
Edicto: El Juez de 1° Inst. y 1° Nom. en lo Civ. Com. Conc. y Flia. de Alta Gracia- Sec. N° 2 - Dra. Ferrucci-,
Pcia. de Córdoba, en autos “CHESTA JUAN MANUEL Y OTRO C/ GRAZIANI LUIS RAFAEL TEOFILO Y OTROS -
ORDINARIO- USUCAPION- EXP. N° 306284-” ha resuelto: ALTA GRACIA, 16/12/2013. Agréguese oficio diligenciado
que se acompaña. II) Admítase la presente demanda de Usucapión. Désele el trámite de Juicio Ordinario (Art. 783
del C. de PC.).- III) Cítese y emplácese a GRAZIANI LUIS RAFAEL TEOFILO, MORET DE VILA SILVIA SOLANA,
VILA MORET NESTOR MANUEL TEOFILO, VILA MORET FRANCISCO EMILIO, VILA MORET CARLOS ALBERTO
Y SCARMOZZINO ROQUE, como titulares del Dominio y a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble
objeto del juicio para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley
por edictos que se publicaran por diez días, a intervalos regulares dentro de un periodo de treinta días en el Boletín
Oficial de la Provincia y en un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble. IV) Cítese y
emplácese a los terceros interesados del Art. 784 del C. de PC., para que en el término de veinte días comparezcan
a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 784 (in fine) del C.de P.C. V) Atento lo dispuesto
por el Art. 785, exhíbanse en el local del Juzgado Civ. Com. Conc. Familia de Alta Gracia, durante treinta días, a
cuyo fin ofíciese.- VI) Colóquese un cartel indicativo con las referencias del Juicio en el inmueble de que se trata, a
costa del actor, durante la tramitación del Juicio (Art. 786 del C. de P.C.), a cuyo fin líbrese oficio. Notifíquese con
copia de la demanda y de la documentación obrante en autos.- Firmado: Dra. Graciela María Vigilanti - Juez.- Dra.
Ferrucci Mariela Lourdes - Secretaria OTRO DECRETO: ALTA GRACIA, 26/10/2015.- Proveyendo a fs. 223: Por
rectificada la demanda respecto del objeto a usucapir. Notifíquese. Readécuese en forma la demanda, conforme
lo prescripto por el art. 1.905 del CC y C. Firmado: Dra. GONZALEZ, María Gabriela- Prosecretario Letrado.-
Publíquese por dos días.
María Gabriela Gonzalez, Prosecretaria Letrada
e. 29/10/2018 N° 81229/18 v. 30/10/2018