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N° 83124/18 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

Edictos Judiciales viernes, 2 de noviembre de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

SECRETARÍA NRO. 41

EDICTO

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro 21 Secretaria 41 con sede en M.T de Alvear 1840

3° piso de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.La fiscalía interviniente en el proceso es la Fiscalia Nacional de

Primera Instancia en lo Comercial Nro 3, a cargo de la Dra Raquel E Mercante.Se hace saber a los interesados

que por ante dicho Juzgado tramita el proceso colectivo caratulado “Consumidores Financieros Asociación Civil

para su defensa c/La Meridional Compañía Argentina de Seguros SA s/ordinario” Expte Nro 5884/2011 donde

se ha dispuesto la publicación de edictos a fin de garantizar la adecuada notificación de todas las personas

eventualmente involucradas en la referida causa colectiva.-

Se hace saber a los señores clientes usuarios y ex clientes de contratos de seguros que la ONG Consumidores

Financieros Asociación Civil Para su Defensa le ha iniciado un juicio colectivo a la compañía La Meridional Compañía

Argentina de Seguros S.A.El objetivo del juicio consiste en los clientes con cobertura de póliza de renovación

bimestral o mayor, que desde los últimos diez años previos al 11 de marzo de 2011 hasta la fecha hayan tenido un

siniestro de robo o destrucción total, y que, al pagarse el siniestro no se le haya detraído la carga financiera por

pago en cuotas de la póliza.Al respecto, pedimos se condene a la demandada a reitegrar a los clientes incluidos

en el párrafo anterior –salvo los casos de facturación mensual- la carga financiera o intereses que no se les haya

deducido - al momento de liquidarse el siniestro – del monto de las cuotas de la prima canceladas antes de la

fecha de pago pactado. Y también solicitamos se la condene a cesar en dicho ilegitimo proceder, esto es, a detraer

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.988 - Segunda Sección 68 Viernes 2 de noviembre de 2018

de la carga financiera que tuvieren incorporada las cuotas que en el futuro perciba anticipadamente la demandada

en las condiciones que se detalla en este escrito.Los eventuales interesados podrán hacer uso de su derecho de

exclusión que establece el art. 54, párrafo 2do de la ley 24240 dentro de los treinta días contados a partir del último

dia de publicación de este mismo edicto y manifiesten el deseo de no ser abarcados por la sentencia que pueda

dictarse en el presente proceso que los citados deberán manifestar expresamente su voluntad de no quedar

afectados por el alcance de este proceso, debiendo comunicarlo directamente a la accionante dentro de los treinta

(30) dias de efectuada la ultima publicación de edictos, en el sentido que prefieren ejercer la acción individual por

considerar que la eventual solución dada al caso no resolverá adecuadamente su situación particular; y que los

citados podrán consultar el expediente de lunes a viernes de 7.30 a 13.30 hs o telefónicamente a la actora (Estudio

Arazi, Prato, Mariani de Vidal, Merola & Asociados 4328-5755).-

Se deja constancia que se ha concedido a la parte actora el beneficio de litigar sin gastos, por lo que el presente

se encuentra exento de todo costo, impuesto y/o sellado,

El presente edicto deberá publicarse por cinco días en el Boletin Oficial.-

Buenos Aires, octubre 29 de 2018.-

Fdo Andrea Rey.Secretaria

German Paez Castañeda Juez - Andrea Rey Secretaria

e. 02/11/2018 N° 83124/18 v. 08/11/2018