N° 83124/18 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21
SECRETARÍA NRO. 41
EDICTO
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro 21 Secretaria 41 con sede en M.T de Alvear 1840
3° piso de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires.La fiscalía interviniente en el proceso es la Fiscalia Nacional de
Primera Instancia en lo Comercial Nro 3, a cargo de la Dra Raquel E Mercante.Se hace saber a los interesados
que por ante dicho Juzgado tramita el proceso colectivo caratulado “Consumidores Financieros Asociación Civil
para su defensa c/La Meridional Compañía Argentina de Seguros SA s/ordinario” Expte Nro 5884/2011 donde
se ha dispuesto la publicación de edictos a fin de garantizar la adecuada notificación de todas las personas
eventualmente involucradas en la referida causa colectiva.-
Se hace saber a los señores clientes usuarios y ex clientes de contratos de seguros que la ONG Consumidores
Financieros Asociación Civil Para su Defensa le ha iniciado un juicio colectivo a la compañía La Meridional Compañía
Argentina de Seguros S.A.El objetivo del juicio consiste en los clientes con cobertura de póliza de renovación
bimestral o mayor, que desde los últimos diez años previos al 11 de marzo de 2011 hasta la fecha hayan tenido un
siniestro de robo o destrucción total, y que, al pagarse el siniestro no se le haya detraído la carga financiera por
pago en cuotas de la póliza.Al respecto, pedimos se condene a la demandada a reitegrar a los clientes incluidos
en el párrafo anterior –salvo los casos de facturación mensual- la carga financiera o intereses que no se les haya
deducido - al momento de liquidarse el siniestro – del monto de las cuotas de la prima canceladas antes de la
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.989 - Segunda Sección 152 Lunes 5 de noviembre de 2018
fecha de pago pactado. Y también solicitamos se la condene a cesar en dicho ilegitimo proceder, esto es, a detraer
de la carga financiera que tuvieren incorporada las cuotas que en el futuro perciba anticipadamente la demandada
en las condiciones que se detalla en este escrito.Los eventuales interesados podrán hacer uso de su derecho de
exclusión que establece el art. 54, párrafo 2do de la ley 24240 dentro de los treinta días contados a partir del último
dia de publicación de este mismo edicto y manifiesten el deseo de no ser abarcados por la sentencia que pueda
dictarse en el presente proceso que los citados deberán manifestar expresamente su voluntad de no quedar
afectados por el alcance de este proceso, debiendo comunicarlo directamente a la accionante dentro de los treinta
(30) dias de efectuada la ultima publicación de edictos, en el sentido que prefieren ejercer la acción individual por
considerar que la eventual solución dada al caso no resolverá adecuadamente su situación particular; y que los
citados podrán consultar el expediente de lunes a viernes de 7.30 a 13.30 hs o telefónicamente a la actora (Estudio
Arazi, Prato, Mariani de Vidal, Merola & Asociados 4328-5755).-
Se deja constancia que se ha concedido a la parte actora el beneficio de litigar sin gastos, por lo que el presente
se encuentra exento de todo costo, impuesto y/o sellado,
El presente edicto deberá publicarse por cinco días en el Boletin Oficial.-
Buenos Aires, octubre 29 de 2018.-
Fdo Andrea Rey.Secretaria
German Paez Castañeda Juez - Andrea Rey Secretaria
e. 02/11/2018 N° 83124/18 v. 08/11/2018