N° 84229/18 Aviso del Boletín Oficial
MAGTIK S.A.
Texto del aviso
MAGTIK S.A.
Por acta de asamblea unánime del 04/07/2018, los socios modifican el art. 3º del estatuto social: “ARTICULO
TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, en
el país o en el extranjero las siguientes actividades: a) Explotación de talleres gráficos en todos sus aspectos
y derivados. Impresión sobre papeles y cartulina; b) La compra, venta, importación y exportación, comisión,
consignación, representación, distribución y toda negociación en el mercado interno y externo de artículos y
productos relacionados con las artes gráficas, así como insumos, materias primas, partes y accesorios para su
elaboración, c) Administración de billetes para juegos de sorteos o de apuestas. Se entiende como tal, la impresión
de billetes y/o cupones y/o cédulas o instrumentos similares que permitan participar en los juegos mencionados,
la publicidad y/o distribución de los mismos, captura y procesamiento de datos y comercialización de tales
instrumentos (oficial autorizados) debidamente permitidos como los que se señalan precedentemente, como así
también la gestión de tales billetes y/o cupones y/o cédulas impresas y/o comprobantes y/o instrumentos similares
para la participación en juegos de sorteo o de apuestas de azar, lícitos, que bajo cualquier forma organicen los
Estados Nacionales, provinciales y/o Municipales a través de sus estructuras orgánicas y cualesquiera sean los
fines para los que se creen tales juegos. Impresión en papel y en cartulina, así como también en plástico y PVC
de billetes de juegos o sorteo o apuestas y/o cupones y/o cédulas así como la impresión de tarjetas en general
inclusive de Crédito con o sin banda magnética, en cartulina o en plástico y todos los servicios anexos que
acompañan a las actividades antes mencionadas. También podrá administrar billetes y/o comprobantes similares
como los antes descriptos que autoricen para participar en juegos de sorteos o de apuestas, que con la misma
finalidad se creen por autorización de tales Estados, por entes específicos como Loterías de Beneficencia y/o
cualquier ente o instituto dependiente, independiente y/o autárquico que explote tales juegos autorizados por
los poderes Públicos cualesquiera fueren los fines recaudatorios de tales juegos de sorteos o de apuestas; d) la
creación, desarrollo y edición de aplicaciones móviles y programas informáticos para cualquier tipo de dispositivo;
la consultoría y comercialización de ordenadores, equipos periféricos, aplicaciones y programas informáticos.
Desarrollo e Integración de sistemas. Toda actividad que, en razón de la materia esté reservada a profesionales
con título habilitante, será realizada por los mismos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todos los actos que no estén prohibidos por las leyes o por
este contrato”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 335 de fecha 05/10/2018 Reg. Nº 1450
Daniela Matar - T°: 124 F°: 964 C.P.A.C.F.
e. 07/11/2018 N° 84229/18 v. 07/11/2018