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N° 85809/18 Aviso del Boletín Oficial

MOVIMIENTO AL SOCIALISMO

Partidos Políticos lunes, 12 de noviembre de 2018

Texto del aviso

MOVIMIENTO AL SOCIALISMO

El Juzgado Federal número 1 con Competencia Electoral, Distrito Córdoba, a cargo del Juez Federal, Dr. Ricardo

Bustos Fierro, Secretaría Electoral a cargo de la Dra. Marcela Martínez Paz, hace saber que en los autos caratulados:

“ MOVIMIENTO AL SOCIALISMO – S/. Readquisición de la personalidad política” (Expte. N° CNE 12260/2017),

se ha dictado la siguiente resolución: //doba, 5 de noviembre de 2018. Y VISTOS: Estos autos caratulados:

“MOVIMIENTO AL SOCIALISMO – S/.Readquisición de la personalidad política” (Expte. N° CNE 12260/2017),

de los que resulta. Que a fs. 1/14, obra la presentación realizada por el señor Eduardo Mulhall en carácter de

Apoderado del partido denominado “MOVIMIENTO AL SOCIALISMO”, sigla “M.A.S.” a fin de iniciar el trámite

para obtener la readquisición de la personería jurídico política como partido de distrito, con los fundamentos allí

expresados y constituye domicilio electrónico con número de CUIL 20123602057. Que a fs. 17, sin perjuicio de

tenerse por acompañada la Carta Orgánica partidaria, Declaración de Principios y Bases de Acción Política, se

corre traslado a la agrupación a fin que acompañe al Tribunal el Acta de Fundación y Autoridades de la Junta

Promotora con firmas certificadas, de conformidad a lo establecido en los arts. 7 y 61 de la Ley 23.298. Asimismo,

se notifica lo dispuesto por la Acordada 27/07 CNE, y se tiene por constituido el domicilio electrónico. Que a fs. 20

se tiene presente el informe del Centro de Cómputos Córdoba, donde consta que al día 27/12/2016, la agrupación

cuenta con un total de 3648 afiliados aún recuperables. Que a fs. 21, evacuando el traslado oportunamente

conferido, el apoderado partidario acompaña Acta Constitutiva de la Junta Promotora, con las firmas certificadas

ante escribano público, por cuanto a fs. 23 se tiene por constituido domicilio legal del partido en formación

“MOVIMIENTO AL SOCIALISMO”, sigla “M.A.S”, en Av. Velez Sarsfield N° 62 – edificio Olegario Correa- 8° “A” de

esta Ciudad y como apoderado partidario al Sr. Eduardo Mulhall. Asimismo, se realiza una serie de observaciones

al contenido de la Carta Orgánica oportunamente acompañada. Que a fs. 24, el apoderado acompaña fichas

de afiliación partidarias, en virtud de lo cual a fs. 25 se solicita al Centro de Cómputos que habilite el código de

ingreso de fichas de afiliación a los fines del proceso de readquisición de la personalidad política. Que a fs. 29

acompaña fichas de afiliación para su recuento, verificación y compulsa. Que a fs. 31/52, obra la documental que

da constancia de las modificaciones introducidas a la Carta Orgánica partidaria, de todo lo cual se corre vista al

Sr. Fiscal Federal a fs. 53. Que a fs. 54, contesta el Sr. Fiscal contesta la vista conferida y expresa que los cambios

introducidos se adecuan a las previsiones de la Ley 27412. Que a fs. 55, el Sr. Apoderado acompaña nuevos

juegos de fichas de afiliación. Que a fs. 58, obra informe de Secretaría, dando cuenta que al día 11/10/2018, la

presente agrupación cuenta con 4013 fichas de afiliación aprobadas. En función de ello, a fs. 59 se tiene presente

lo informado y de conformidad a la doctrina sostenida por la Cámara Nacional Electoral (Fallo 4989/2013) se tiene

por cumplido el requisito contemplado por el art. 7 inc. a) de la Ley 23.298. A fs. 60, el Sr. Fiscal Federal evacua

la vista oportunamente conferida y manifiesta que no tiene observaciones que formular a la readquisición de

la personalidad política solicitada. En virtud de ello a fs. 61 se tiene presente lo manifestado y se ordena autos

para resolver. Y CONSIDERANDO: I) Que, en primer lugar, cabe señalar que la agrupación “MOVIMIENTO AL

SOCIALISMO” sigla “M.A.S.”, registrada en este Distrito bajo el número 234 y 13 en el orden nacional, perdió su

personería como partido de distrito con fecha 27/12/2016 (Expte. CNE 4000113/2013/1), en virtud de la causal de

caducidad establecida por el art. 50 inc. “b” de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298 y en función

de ello al día de la fecha se encuentra comprendida dentro del plazo de reserva del nombre dispuesto por el

art. 17 de la Ley 23298. II) Que habiéndose cumplido el requisito establecido por el primer párrafo del art. 53 del

citado cuerpo legal, respecto de la elección general llevada a cabo en el año 2017, el partido se encuentra en

condiciones de solicitar nuevamente la personería jurídico-política, atento haber cumplido con lo establecido en

el título II de la referida norma. III) Que la Declaración de Principios, Bases de Acción Política y la Carta Orgánica

del Partido “MOVIMIENTO AL SOCIALISMO” sigla “M.A.S.” dan conformidad a las exigencias de las normas

legales vigentes que regulan en relación a la organización y funcionamiento de los partidos políticos. IV) Que se

acredita también el requisito del número mínimo de adhesiones que establece el art. 7 inc. “a” de la Ley 23.298

(con la reforma introducida por la Ley N° 26.571), como asimismo los exigidos en los incisos “b”, “c”, “d”, “e” y “f”

de la citada norma. V) Que obteniendo la agrupación peticionante el reconocimiento provisorio de la personería

jurídico política como partido de distrito con el número suficiente de adherentes que fija la Ley Orgánica de los

Partido Políticos N° 23.298 (art. 7° inc. “a”), deberá acreditarse por Secretaría un mínimo de cuatro mil afiliaciones

válidas y la agrupación deberá llevar a cabo la primera elección interna dentro de los 180 días, contados a partir

de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto por el art. 7° bis incs. “a” y “b” del

citado cuerpo legal, bajo apercibimiento de caducidad. Que asimismo deberá dar cumplimiento a las exigencias

contempladas por el inc. “c” del art. 7º bis en concordancia con el art. 37 de la Ley 23.298 (con la reforma

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.994 - Segunda Sección 78 Lunes 12 de noviembre de 2018

introducida por la Ley N° 26.571), en cuanto a la presentación de los libros partidarios al Tribunal para su rúbrica y

sellado, bajo apercibimiento de caducidad. VI) Que, en función de lo expuesto, de conformidad a las disposiciones

legales citadas y lo previsto por los arts. 14; 17 y 18 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298 (con

las modificaciones introducidas por Ley 26.571) y en concordancia con lo manifestado por el Fiscal Federal,

RESUELVO: 1º) Tener por cumplimentado el presupuesto establecido por el art. 53 de la Ley 23.298, a los fines de

solicitar nuevamente el reconocimiento de la personería como partido de distrito, y en consecuencia reconocer

provisoriamente la personería jurídico-política a la agrupación denominada “MOVIMIENTO AL SOCIALISMO” sigla

“M.A.S.”, con los alcances previstos en el último párrafo del art. 7° de la Ley 23.298 (modificación introducida por

Ley 26.571). 2°) Aprobar el nombre adoptado, como así también la Carta Orgánica, Bases de Acción Política y

Declaración de Principios. 3°) Acordar a la presente agrupación política el término de 180 días para llevar a cabo la

primera elección interna, y de 60 días para acompañar los libros referidos en el considerando pertinente, contados

respectivamente a partir de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto por el art. 7°

bis incs. “a”, “b” y “c” de la Ley 23.298 (con las modificaciones introducidas por Ley 26.571), bajo apercibimiento

de caducidad. 5º) Publicar por el término de un día en el Boletín Oficial de la Nación la presente resolución y

oportunamente la Carta Orgánica partidaria. 6º) Comuníquese a la Excma. Cámara Nacional Electoral y Ministerio

del Interior, a sus efectos. PROTOCOLICESE Y HÁGASE SABER. - Dr. Ricardo Bustos Fierro Juez - Dra. Marcela

Martinez Paz Juez Federal con competencia electoral

e. 12/11/2018 N° 85809/18 v. 12/11/2018