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N° 85510/18 Aviso del Boletín Oficial

ORILLA SUR S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 12 de noviembre de 2018

Texto del aviso

ORILLA SUR S.R.L.

Por Reunión de Socios de fecha 01/09/2018 se resolvió A) aumentar el capital social en la suma de $ 930.700, es

decir, de la suma de $ 90.000 a la suma de $ 1.020.700 y, en consecuencia, reformar el Artículo 4° del Contrato

Social; y B) reformar Articulo 3° del Contrato Social referido al Objeto Social conforme la siguiente redacción:

“La sociedad tiene por objeto, realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros bajo cualquier

forma de asociación prevista en la Ley 19.550, ya sea en el país y/o en el extranjero, las siguientes actividades: 1)

INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, arrendamiento, administración de bienes inmuebles urbanos y rurales,

subdivisión y fraccionamiento de tierras, urbanización con fines de explotación, englobamiento y geodesia, como

asimismo todas las operaciones previstas en la Ley de Propiedad Horizontal y sus reglamentaciones y las previstas

en la Ley de Prehorizontalidad, por sí, para terceros o como intermediaria entre las partes.- 2) CONSTRUCTORA:

Construir, ejecutar, remodelar, edificar, toda clase de inmuebles, incluso con sujeción al régimen de la Ley 13.512 de

Propiedad Horizontal y a la 24.441 y sus respectivas reglamentaciones, urbanizaciones, parquizaciones, mensuras,

obras de ingeniería y/o de arquitectura en general, mediante contratos públicos y/o privados, con participación

en licitaciones públicas y/o privadas, nacionales o extranjeras, para lo que podrá importar y/o exportar todo tipo

de materiales destinados a tales fines, sea de productos elaborados, pre-armados, semiterminados o listos para

instalar, ya sea con fondos propios o de terceros.- 3) COMERCIAL: Mediante la compra, venta, alquiler, leasing,

distribución, importación y exportación de bienes y arquitectura transportable, sus complementos y accesorios.-

Y en relación a los puntos 1), 2) y 3), la sociedad también tendrá por objeto el siguiente: 4) FINANCIERA: Mediante

la realización de aportes de capital y/o inversión de fondos propios o de terceros, de sociedades, o personas

físicas o jurídicas de toda índole, ya fueran constituidas o a constituirse para operaciones o negocios realizados

o a realizarse; quedando excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras y toda aquella que requiera

el concurso del ahorro público.- Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales

con título habilitante.- Para su cumplimiento, la sociedad goza de plena capacidad jurídica para realizar todo

tipo de actos y operaciones relacionados con su objeto, pudiendo celebrar a tales fines, contratos de compra,

venta, concesión, fideicomiso, “franchising”, “leasing”, locación, otorgando las franquicias que resulten menester”

Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios de fecha 01/09/2018

Martin Miguel Jándula - T°: 105 F°: 329 C.P.A.C.F.

e. 12/11/2018 N° 85510/18 v. 12/11/2018