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N° 87608/18 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

Edictos Judiciales viernes, 16 de noviembre de 2018

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de

Corrientes, Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino

de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 53 de fecha 21 de Septiembre de 2018, en la causa Nº FCT

4033/2017/TO1, caratulada: “ VILLALBA BRITEZ, EUGENIO SOBRE INFRACCION Ley 23737 (Art. 5, inc. c) ”,

respecto a EUGENIO VILLALBA BRITEZ, Cedula de Identidad de la República del Paraguay Nº 1.181.829, de

nacionalidad paraguaya, nacido el 01 de enero de 1962 en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, de

ocupación mecánico de automotor, con instrucción secundaria, hijo de José María Villalba y de Petrona Arminda

Villanueva, domiciliado en calle Hernandarias N° 620 de la ciudad de Asunción, República del Paraguay, la que

dispone: “SENTENCIA Nº 53. CORRIENTES, 21 de Septiembre de 2018.- Y VISTOS: Por los fundamentos que

instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) … 2º) CONDENAR a EUGENIO VILLALBA BRITEZ C.I. (PY)

N° 1.181.829 de nacionalidad Paraguaya, ya filiado en autos, a la pena de SEIS (6) años de prisión y multa mínima

legal de pesos setenta y seis mil quinientos ($ 76.500) equivalente a 45 Unidades fijas, la que deberá deducirse

con la suma de pesos diez mil ciento cincuenta y seis con veintidós centavos ($ 10.156,22) y la suma de dólares

estadounidenses setecientos (U$ 700), secuestrados en autos, debiendo hacerse efectiva en el término de treinta

(30) días de quedar firme la presente, como autor responsable del delito previsto y reprimido por el art. 5 inc. c) de

la ley 23.737, y costas legales (arts. 40 y 41 del Código Penal; 530 y 531 del CPPN) 3º) … 4º) … 5º) … 6º) …7º) … 8º)

… 9º) … 10º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las demás comunicaciones correspondientes

y una vez firme la presente practicar por secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su

vencimiento (artículo 493 del CPPN) y oportunamente archivar.- FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ

- Juez de Cámara-. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS - Secretaria – Tribunal Oral en lo Criminal Federal

– Corrientes”.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN

PENAL

e. 16/11/2018 N° 87608/18 v. 23/11/2018