N° 91379/18 Aviso del Boletín Oficial
DALOR S.A.
Texto del aviso
DALOR S.A.
Por asamblea general extraordinaria del 15/11/2018 se resolvió modificar el objeto social el que queda redactado
de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o
asociada a terceros, las siguientes actividades: a) Inversiones Financieras: mediante el otorgamiento de préstamos
y/o aportes o inversiones de capitales a particulares o sociedades por acciones, realizar financiaciones y operaciones
de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, comprar,
vender y realizar todo tipo de operaciones con títulos, acciones ya sea que coticen en la Bolsa de Comercio o no,
obligaciones negociables, debentures y cualquier otro valor, negociación de títulos públicos y privados; y otros
valores mobiliarios y realizar operaciones financieras en general. B) Asesoramiento integral especialmente en el
rubro financiero, para la organización de empresas, en cualquiera de sus sectores y/o actividades, el relevamiento,
análisis, estudio e instrumentación de sistemas operativos generales, ya sean administrativos, técnicos, financieros
o comerciales, por medios manuales, mecánicos y/o electrónicos, además podrá realizar tareas relacionadas
con el procesamiento electrónico de datos, su programación, registro y archivo por todos los medios conocidos
y/o a conocerse. C) Mediante la participación en otras sociedades constituidas o a constituirse, siempre que se
trate de sociedades por acciones. Quedan excluidas las operaciones y actividades comprendidas en la ley de
entidades financieras y aquellas para las cuales se requiera el concurso público. Para su cumplimiento, la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con
el objeto social, por intermedio de profesionales habilitados al efecto. D) Constructor-Inmobiliario: adquisición,
enajenación, construcción, loteo o subdivisión -inclusive por el régimen de la ley 13.512- de inmuebles; administrar
inmuebles propios o ajenos; constitución y participación en fideicomisos inmobiliarios, actuar como promotora,
desarrolladora y/o fiduciaria en emprendimientos inmobiliarios; otorgar financiación en las operaciones en que
intervenga, quedando excluidas las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras. E) Fabricación,
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.007 - Segunda Sección 5 Lunes 3 de diciembre de 2018
comercialización, distribución, importación y exportación de artículos de bazar, decoración, regalería, juguetería y
herramientas. Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en
la materia.” Autorizado según instrumento privado asamblea general extraordinaria de fecha 15/11/2018
Roberto Nicolás Buenos - T°: 129 F°: 437 C.P.A.C.F.
e. 03/12/2018 N° 91379/18 v. 03/12/2018