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N° 91482/18 Aviso del Boletín Oficial

LA MAGDALENA DE MÉNDEZ S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 3 de diciembre de 2018

Texto del aviso

LA MAGDALENA DE MÉNDEZ S.R.L.

Por reunión de Socios del 5/01/2017 Se resolvió: Modificar la Cláusula Cuarta del Contrato Social quedando

redactado de la siguiente manera: “CUARTA: “El Capital Social se fija en la suma de $ 1.449.000.- (pesos un millón

cuatrocientos cuarenta y nueve mil) divididos en 14490 cuotas partes de $ 100.- valor nominal cada una. Las

cuotas son suscriptas en las siguientes proporciones: Magdalena Inés PÁEZ DE LA TORRE suscribe la cantidad

de dos mil cuatrocientas quince cuotas por la suma de doscientos cuarenta y un mil quinientos pesos e integra

el ciento por ciento en dinero efectivo. Máximo Eudoro Carlos José MÉNDEZ suscribe la cantidad de dos mil

cuatrocientas quince cuotas por la suma de doscientos cuarenta y un mil quinientos pesos e integra el ciento por

ciento en dinero efectivo. Magdalena Inés MÉNDEZ, suscribe la cantidad de dos mil cuatrocientas quince cuotas

por la suma de doscientos cuarenta un mil quinientos pesos e integra el ciento por ciento en dinero efectivo.

Álvaro José MÉNDEZ, suscribe la cantidad de dos mil cuatrocientas quince cuotas por la suma de doscientos

cuarenta y un mil quinientos pesos e integra el ciento por ciento en dinero efectivo. León Juan MÉNDEZ, suscribe

la cantidad de dos mil cuatrocientas quince cuotas por la suma de doscientos cuarenta y un mil quinientos pesos

e integra el ciento por ciento en dinero efectivo. Isabel de los Ángeles MÉNDEZ, suscribe la cantidad de dos mil

cuatrocientos quince cuotas por la suma de doscientos cuarenta y un mil quinientos e integra el ciento por ciento

en dinero efectivo. Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera,

mediante cuotas suplementarias. La Asamblea de socios con el voto favorable de mas de la mitad del capital

aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma proporción de cuotas que

cada socio sea titular al momento de la decisión” y Por reunión de Socios del 5/01/2018 Se resolvió: 1) Modificar

la Cláusula Cuarta del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera: “CUARTA: El capital

social se fija en la suma de $ 2.409.000.- (pesos dos millones cuatrocientos nueve mil) divididos en 24.090 cuotas

partes de $ 100.- valor nominal cada una. Las cuotas son suscriptas en las siguientes proporciones: Magdalena

Inés PÁEZ DE LA TORRE suscribe la cantidad de cuatro mil quince cuotas por la suma de cuatrocientos un mil

quinientos pesos e integra el ciento por ciento en dinero efectivo. Máximo Eudoro Carlos José MÉNDEZ suscribe

la cantidad cuatro mil quince cuotas por la suma de cuatrocientos un mil quinientos pesos e integra el ciento por

ciento, en dinero efectivo. Magdalena Inés MÉNDEZ, suscribe la cantidad de cuatro mil quince cuotas por la suma

de cuatrocientos un mil quinientos pesos e integra el ciento por ciento, en dinero efectivo. Álvaro José MÉNDEZ,

suscribe la cantidad de cuatro mil quince cuotas por la suma de cuatrocientos un mil quinientos pesos e integra

el ciento por ciento, en dinero efectivo. León Juan MÉNDEZ, suscribe la cantidad de cuatro mil quince cuotas por

la suma de cuatrocientos un mil quinientos pesos e integra el ciento por ciento, en dinero efectivo. Isabel de los

Ángeles MÉNDEZ, suscribe la cantidad de cuatro mil quince cuotas por la suma de cuatrocientos un mil quinientos

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.007 - Segunda Sección 25 Lunes 3 de diciembre de 2018

pesos e integra el ciento por ciento, en dinero efectivo. Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el

giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. La Asamblea de socios con el voto favorable de

más de la mitad del capital aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración, guardando la misma

proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión”; 2) Fijación de una nueva sede social.

Se resuelve modificar el Art. 1 del contrato social, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Art. 1°: En la

fecha que se menciona al pie de este contrato queda constituída la sociedad que se denomina La Magdalena de

Méndez S.R.L. y tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la ciudad de Buenos Aires. Le fija la sede social en la

Av. Santa Fe 1780 Piso 6 Oficina 609 de dicha ciudad. Por resolución de sus socios, la sociedad podrá establecer

sucursales, depósitos, representaciones o agencias en cualquier lugar del pais o del extranjero”.- Autorizado

según instrumento privado Nota de fecha 20/11/2018.-

Griselda Adriana Bin - T°: 70 F°: 806 C.P.A.C.F.

e. 03/12/2018 N° 91482/18 v. 03/12/2018