N° 90866/18 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31
SECRETARÍA NRO. 62
El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial Nº 31 a cargo de la Dra. Vivian Fernández Garello de
Dieuzeide, Secretaría Nº 62ª mi cargo, sito en Montevideo 546, piso 8°, comunica por un día que en los autos
caratulados “LITVAK, RICARDO CARLOS ERNESTO C/ IBARRA, JUAN ANTONIO S/ EJECUCION PRENDARIA”
(Exp. 1638/2018), que el martillero Javier Oscar Di Blasio, (Cuit 20-20619994-7), rematará el día 14 de diciembre
de 2018 a las 10.10 hs (EN PUNTO) en el salon de ventas sito en la calle Jean Jaures 545 de La Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, el siguiente automotor: Chevrolet DP Classic $ P LS A+D Spirit 1,4 N. Modelo 2012, Dominio
LUE-014, en el estado que se encuentra y exhibe. Condiciones de venta: Al contado y mejor postor y en dinero
en efectivo. Base: $ 73.300. Comisión 10%. Acord. 10/99. CSJN (arancel de subasta) 0,25%, de propiedad del
ejecutado Juan Antonio IBARRA (DNI 10.133.192). Deuda patentes GCBA al 30-9-18 $ 11.209,10 Fs. 78. Las deudas
por tal concepto serán abonadas por la compradora; en caso de corresponder el pago del IVA por la presente
compraventa, el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador,
debiendo el martillero retenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el expediente. En el acto del remate el
comprador deberá abonar el precio total del bien. Todo posible adquirente que concurra al acto mediante poder
otorgado por otra persona de existencia física o ideal deberá denunciarlo en forma precedente al comienzo del
acto al Sr. Martillero y este anunciar de viva voz el nombre del poderdante a su inicio. No se acepta la compra en
comisión, ni la cesión del boleto, debiendo el martillero suscribir el instrumento correspondiente con quien formule
la oferta como comprador. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de los
autos, del decreto de subasta, así como de las resoluciones que se dicten en relación con la subasta decretada.
Para el eventual caso que el adquirente plantease la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a
las resultas del planteo, el cual será rechazado in limine, ante la sola comprobación de la falta de tal recaudo.
Exhibición 11 y 12 de diciembre de 2018 de 10,00 a 12,00 hs, en la calle José C. Paz 3121 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Para más información los interesados podrán compulsar el expediente en los estrados del
Juzgado. Buenos Aires, 27 de noviembre de 2018. Vivian Fernández Garello de Dieuzeide Juez - Gustavo Daniel
Fernández SECRETARIO
e. 06/12/2018 N° 90866/18 v. 06/12/2018