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N° 94879/18 Aviso del Boletín Oficial

EMPRENDEDORES URBANOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 12 de diciembre de 2018

Texto del aviso

EMPRENDEDORES URBANOS S.A.

Por Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 03/11/2018 se resolvió modificar por unanimidad el artículo

tercero del Estatuto Social, el cual quedo redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: Tiene por

OBJETO realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en participación y/o comisión o de

cualquier otra manera en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades:

a) INMOBILIARIA: Comprar, vender, comercializar para terceros, construir, ceder, permutar, dar en leasing o en

locación o en arrendamiento, administrar, explotar, fraccionar y dividir toda clase de inmuebles urbanos y rurales,

prestar servicios de consultoría integral, administración, diseño, comercialización y franquicia, incluyendo todas las

operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal o cualquier otro régimen

que se cree sobre inmuebles que se cree sobre inmuebles, otorgando al efecto, créditos hipotecarios; obtener

préstamos hipotecarios o de otra naturaleza, de bancos públicos o privados, nacionales o extranjeros, para

financiar operaciones propias o de terceros; asumir el carácter de fiduciante, fiduciario o beneficiario de la actividad

inmobiliaria antes descripta en los términos de la ley 24.441: b) CONSTRUCTORA Y/O DESARROLLADORA:

Mediante la ejecución de proyectos, dirección, construcción y administración de obras de cualquier naturaleza,

incluyendo entre otras a edificios, incluso bajo el régimen de propiedad horizontal, barrios, hoteles, caminos,

pavimentaciones, urbanizaciones, obras de ingeniería y/o arquitectura en general, sean públicas o privadas;

c) Otorgar avales, fianzas y garantías a terceros, personas físicas o jurídicas, sean estas asociadas o no a la

compañía.- Para su cumplimiento la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones, adquirir

derechos y realizar todos los actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto, pudiendo

realizar cualquier acto público y privado que permita o facilite el cumplimiento del objeto social”. Autorizado según

instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 14/11/2018

JUAN JOSE RODRIGUEZ QUINTANA - T°: 127 F°: 106 C.P.A.C.F.

e. 12/12/2018 N° 94879/18 v. 12/12/2018