N° 95733/18 Aviso del Boletín Oficial
SEEDCO S.A.
Texto del aviso
SEEDCO S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria del 07/12/2018 se resolvió modificar el articulo tercero del estatuto social
que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO. Objeto. La sociedad tiene por objeto realizar
por cuenta propia o de terceros, asociada a terceros, en cualquiera de las formas autorizadas por la legislación
de la República Argentina, las siguientes actividades: AGRÍCOLAS: La producción, cruza, secado, clasificación,
limpieza, curación, embalaje e investigación y desarrollo de semillas. El cultivo y laboreo en predios rurales de
propiedad de la sociedad o de terceros, de cualquier especie, variedad o género de semillas. La industrialización de
semillas. EXPLOTACIÓN AGROPECUARIA: La explotación de establecimientos de campo, ganaderos, agrícolas,
frutícolas, tambos, forestales, cría, invernada, mestización, venta, cruza de ganados y hacienda de todo tipo,
explotación de cultivos, forestaciones, compra-venta y acopio de cereales e incorporación y recuperación de
tierras áridas y anegadas para la preparación del suelo, la siembra, recolección de otras operaciones y procesos
agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias
primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. EDUCATIVAS: Mediante la organización de excursiones,
paseos y visitas guiadas a establecimiento agrícolo-ganaderos, de carácter formativo y educativo, dirigidas tanto a
establecimientos de enseñanza como a cualquier otro tipo de institución formativa o de recreación. COMERCIALES:
La compra, venta, intercambio, distribución, consignación, depósito, acopio o almacenaje, distribución, embalaje y
fraccionamiento, importación y exportación de cereales, oleaginosos, forrajes, pasturas, alimentos balanceados,
semillas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas, agroquímicos, productos derivados de las actividades mencionadas
en el párrafo anterior. También podrá actuar como corredor, comisionistas o mandataria de los productos de los
artículos mencionados precedentemente de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente. Asimismo,
podrá comprar, vender, tomar y dar en alquiler, maquinaria y equipos agropecuarios y forestales. TRANSPORTE:
Mediante el transporte automotor de haciendas y/o productos alimenticios, de carga, mercaderías generales,
fletes, acarreos, bienes muebles y semovientes, materias primas y elaboradas, cargas en general de cualquier tipo
cumpliendo con las respectivas reglamentaciones, nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales,
su distribución, almacenamiento, depósitos y embalaje, contratar auxilios, reparaciones y remolques. Realizar
operaciones de contenedores y despachos de aduanas por intermedio de funcionarios autorizados. Emitir y negociar
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.016 - Segunda Sección 12 Viernes 14 de diciembre de 2018
guías, cartas de porte, “warrants” y certificados de fletamentos. Comprar, vender, importar y exportar temporaria
o permanentemente vehículos adecuados a sus actividades y repuestos para los mismos. INMOBILIARIAS Y
FINANCIERAS: Realización de operaciones inmobiliarias. Podrá comprar, vender, explotar, construir, administrar
y alquilar inmuebles urbanos o rurales y bienes sometidos o a someter al régimen de propiedad horizontal.
Ser contratista del Estado Nacional, Provincial o Municipal. Desarrollo de todo tipo de operaciones financieras
relacionadas con la actividad agropecuaria así como todo otro tipo de operaciones mediante la acción de aportar y
facilitar capitales a personas físicas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse, nacionales o extranjeras,
para negocios u operaciones realizadas o a realizarse: financiar operaciones, colocación y compra de acciones,
títulos, obligaciones y cualquier otro tipo de valor mobiliario, toda clase de créditos con y sin garantías reconstruir
o dar hipotecas, prendas u otras garantías reales. En ningún caso la sociedad realizará actividades comprendidas
en la Ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera concurso público, sin previa obtención de
la autorización pertinente. AGENCIAS, SERVICIOS Y ASESORAMIENTO INTEGRAL PARA LA ORGANIZACIÓN
DE EMPRESAS: El ejercicio en el territorio de la República Argentina o en el extranjero de representaciones,
agencias o comisiones encomendadas por personas o sociedades, sean nacionales o extranjeras, con el objeto
de obtener o facilitar el intercambio de semillas que constituyen el objeto de la sociedad, así como el otorgamiento
de licencias sobre las mismas, brindar servicios de asesoramiento y técnicas relativos a las actividades de la
sociedad. Proyectos de inversión nacional, regional y sectorial, investigación de mercado y de comercialización
interna acerca de los rubros mencionados. Administración de bienes de terceros, personas físicas, empresas o
sociedades constituidas o a constituirse, nacionales o extranjeras, pool de siembras, sociedades o campos, y
cualquier otro tipo de administración de bienes relacionados con la actividad. Cualquier asesoramiento que en
virtud de su materia esté reservado a profesionales con título habilitante deberá estar firmado por un profesional
autorizado para dicho efecto. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones, realizando toda clase de actos lícitos de cualquier naturaleza y sin
limitación alguna, en el territorio de la República Argentina o en el extranjero, siempre que se relacionen, directa
o indirectamente, con el objeto social y no estén prohibidas por la Ley o por este estatuto”. Autorizado según
instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 07/12/2018
Dolores Casares - T°: 123 F°: 985 C.P.A.C.F.
e. 14/12/2018 N° 95733/18 v. 14/12/2018