N° 97064/18 Aviso del Boletín Oficial
SKIN LAB S.A.
Texto del aviso
SKIN LAB S.A.
Constitución: Por Esc. 359 del 17/12/18 Rº 110 CABA: 1) Socios: Julieta María BAIONI, 21/01/2000, estudiante,
DNI 42.339.700, CUIL 23-42339700-4, Betbeder 473 de Boulogne, Pdo de San Isidro, Prov Bs As; y Claudia
Geraldina RAVERA, 18/08/70, abogada, DNI 21.711.633, CUIL 27-21711633-9, Los Paraisos 442 Barrio El Cardal
Lote 52 de Campana, Prov Bs As, ambas argentinas y solteras. 2) SKIN LAB S.A. 3) 99 años. 4) $ 100.000. 5)
Objeto: PRODUCTOS MÉDICOS Y FARMACÉUTICOS: Compra, venta, comercialización y distribución de todo
tipo de mercancías, en especial las de uso medicinal y sanitario; insumos para establecimientos farmacéuticos,
hospitales, clínicas, sanatorios y profesionales de salud; todo tipo de productos medicinales, farmacéuticos,
biomédicos, materiales descartables, materiales y equipos para laboratorios, instrumental para cirugías y/o todo
tipo de intervenciones quirúrgicas, materiales e instrumental odontológico, líquidos desinfectantes y antisépticos,
y/o todo tipo de materiales para curación de seres humanos, productos de cosmética, de perfumería, de
herboristería y o dietéticos. IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN: A la importación y exportación de toda clase de
materias primas, bienes y productos, equipos médicos y quirúrgicos, camillas, equipos para suturas mecánicas y
no mecánicas, material descartable y cualquier otro tipo de cosa mueble o inmueble relacionado con la salud y la
medicina. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será
realizada por medio de estos. 6) Sede: Sinclair 3106 Piso 2 Departamento 2 CABA. 7) Directorio: 1 a 5 titulares por
3 ejercicios. 8) Presidente: Julieta María Baioni y Suplente: Claudia Geraldina Ravera, aceptan cargos y constituyen
domicilio especial en la sede. 9) Cierre ejercicio: 30/11. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 359 de fecha
17/12/2018 Reg. Nº 110
CECILIA ELVIRA VENTURA - Matrícula: 5023 C.E.C.B.A.
e. 19/12/2018 N° 97064/18 v. 19/12/2018