N° 3748/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, Secretaría
Nº 19, a cargo del Suscripto, sito en Callao 635 P.B, C.A.B.A., comunica por cinco días que con fecha 20/12/18
se ha decretado la quiebra de Sergio Gustavo Rodriguez. (CUIT N° 20- 17848891-1), en la cual ha sido designado
síndico el contador Anibal Daniel Osuna con domicilio constituido en la calle Mercedes 3259 C.A.B.A., ante quien
los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos
hasta el día 10.04.19 (L.C: 32) en el horario de 12 a 18 hs. El informe individual del síndico deberá presentarse el día
24.05.19, y el general el día 11.07.19 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intímese a la fallida y a terceros para que pongan
a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario
concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos y entreguen documentación que tuvieran de la fallida.
A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y
que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217:1 realizándose el patrimonio con inmediata distribución
de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Decrétase la
inhabilitación definitiva del fallido por el plazo de un año contado desde la fecha del decreto de quiebra (art.
234 a 238 de la ley 24.522). Intímese al fallido a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás
documentos relacionados con su contabilidad al síndico. Intímese al fallido para que en el plazo de 48 hs. cumpla
con los requisitos del art. 11 de la ley 24.522 conforme art. 86. Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los
que serán ineficaces. Intímese al fallido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo
apercibimiento de tenerlo por constituido en los términos de los arts. 41 y 133 del CPCCN. El presente se libra en
los autos caratulados: “Rodriguez Sergio Gustavo s/quiebra” (Expte. N° 3748/2018). Buenos Aires, 28 de diciembre
de 2018.- FDO. LEANDRO G. SCIOTTI. SECRETARIO.- HECTOR OSVALDO CHOMER Juez - LEANDRO GABRIEL
SCIOTTI SECRETARIO
e. 02/01/2019 N° 100042/18 v. 08/01/2019