N° 2570/2009 Aviso del Boletín Oficial
TERMINAL DE BARCAZAS RIOPLATENSE S.A.
Texto del aviso
TERMINAL DE BARCAZAS RIOPLATENSE S.A.
Constitución: Por escritura pública N° 20 F° 39 del 10/01/2019 del Registro 55 CABA. 1) Socios: GL PORT HOLDING,
INC., y su representante legal Rodolfo Dario Sanchez, argentino, casado, DNI 13.664.098, CUIT 20-13664098-5,
nacido el 06/06/1957, empresario, con domicilio en Arias 1639, piso 10 de la Ciudad de Buenos Aires, inscriptos
en I.G.J. el 04/01/2019 bajo el número 23 del Libro 62 Tomo B de Sociedades Constituidas en el Extranjero; e
INVERSIONES PORTUARIAS CONO SUR, S.A., y su representante legal Martín Carlos Otero, argentino, soltero,
DNI 23.804.176, CUIT 20-23804176-8, nacido el 07/03/1974, contador, con domicilio en Arias 1639, piso 10 de la
Ciudad de Buenos Aires, inscriptos en I.G.J. el 04/01/2019 bajo el número 30 del Libro 62 Tomo B de Sociedades
Constituidas en el Extranjero, ambas sociedades con domicilio en Arias 1639, piso 10 de la Ciudad de Buenos Aires.
2) Denominación: Terminal de Barcazas Rioplatense S.A. 3) Duración: 99 años desde inscripción en IGJ. 4) Objeto:
La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o ajena, en forma independiente y/o asociada a terceros
en cualquier parte de la República y en el extranjero, las siguientes actividades: (a) La organización, operación,
prestación y explotación de actividades y servicios portuarios relacionados a la operación de embarcaciones,
barcazas, buques, veleros, botes y navíos similares, sin importar su tamaño, calado o nacionalidad, incluidos
pero no limitados a: la recepción, expedición, manipuleo, consolidación, desconsolidación, estiba y almacenaje
de cargas; control y registro de la carga y descarga de mercaderías; amarre y desamarre; uso de muelles e
instalaciones aledañas, así como cualquier otra actividad complementaria relacionada y/o conexa con las
indicadas anteriormente que tienda a una mayor eficiencia y operatividad en los puertos donde la Sociedad preste
servicios; (b) Importar y exportar mercaderías y servicios, a nombre propio o por cuenta y orden de terceros, en los
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.035 - Segunda Sección 13 Miércoles 16 de enero de 2019
términos requeridos para ser inscripta como Importador/Exportador en los Registros Especiales Aduaneros de la
Resolución General N° 2570/2009 de la Administración Federal de Ingresos Públicos o aquella otra reglamentación
que la modifique, sustituya o regule aspectos relacionados a los importadores y exportadores como sujetos
de la legislación aduanera; (c) Prestar servicios de depósito fiscal en los términos que la Resolución General
N° 3871/2016 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (o aquellas reglamentaciones que en el futuro
la modifiquen o sustituyan) aplicable para los Permisionarios de Depósitos Fiscales, incluso los habilitados en
terminales portuarias; prestar servicios de gestión de depósitos fiscales, servicios de almacenamiento y depósito
en cámaras frigoríficas, y otros servicios de almacenamiento y depósito N.C.P. (no clasificado previamente); (d)
Adquirir, bajo cualquier título, las concesiones, los permisos, habilitaciones y demás autorizaciones, nacionales,
provinciales y/o municipales, públicas y/o privadas, que fuesen necesarias para el cumplimiento de este objeto
social; (e) La promoción, publicidad y propaganda de los servicios portuarios que presta la Sociedad; (f) La
prestación y explotación de toda clase de servicios auxiliares o complementarios o derivados de los servicios
antes indicados y sus derivados, tales como de administración, monitoreo, reparación y mantenimiento de
infraestructura y sistemas, y de asistencia técnica y asesoramiento general; (g) La participación en las licitaciones,
concesiones y demás mecanismos de contratación públicos y/o privados relacionados con la prestación de
los servicios antes detallados, incluyendo la presentación de proyectos a las autoridades públicas; (h) Realizar
actividades orientadas a la inversión y actividades de índole financiera (con excepción de las operaciones a que se
refiere la Ley N° 21.526 y las que requieran concurso público) tales como (i) adquirir, comprar, participar, mantener
y administrar participaciones e inversiones y realizar aportes de capital para operaciones realizadas o a realizarse,
en sociedades de cualquier tipo, uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración, fondos de
comercio, joint ventures, consorcios y adquirir partes de interés o acciones de sociedades; y (ii) adquirir, comprar
y mantener acciones, debentures, obligaciones y títulos de la deuda pública o privada nacional o extranjera, en
el país o en el exterior, y solicitar y otorgar préstamos, garantías reales o personales a entidades locales o del
exterior. Las actividades que así lo requieran serán efectuadas por profesionales con título habilitante.- Para el
cumplimiento de sus fines, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones
y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto; tomar dinero en préstamo con o
sin garantía; garantizar mediante garantías reales o personales las obligaciones asumidas por la sociedad, por
sociedades controladas, controlantes, vinculadas o sujetas al control común de la sociedad o de sus accionistas,
como así también por terceros. 5) Capital Social: $ 400.000.- dividido en 4000 acciones de $ 100 cada una con
derecho a un voto por acción. 6) Administración: Directorio de 1 a 5, mandato por 3 ejercicios. Prescindirá de
Sindicatura. Presidente: Alfredo Guillermo Merlis, argentino, nacido el 06/12/1963, casado, DNI 16.581.941, CUIT
20-16581941-2, contador, domiciliado en calle Arias 1639, piso 10 CABA; Vicepresidente: Rodolfo Darío Sánchez;
Director Suplente: Martín Carlos Otero. 7) Representación: Presidente o Vicepresidente en su caso, constituyen
domicilio especial en Arias 1639, piso 10, CABA. 8) Cierre de ejercicio: 31/12 de cada año. 9) Sede social: Arias
1639, piso 10, CABA.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 20 de fecha 10/01/2019 Reg. Nº 55
Daniela Silvia Populin - T°: 86 F°: 388 C.P.A.C.F.
e. 16/01/2019 N° 2421/19 v. 16/01/2019