N° 2938/19 Aviso del Boletín Oficial
PLETTAC ELECTRONICS ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
PLETTAC ELECTRONICS ARGENTINA S.A.
Por asamblea general ordinaria del 17/01/2019 se aprobó reformar el artículo 3 el cual en el futuro será del siguiente
tenor: OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en
cualquier punto de la República o en el extranjero las siguientes operaciones: planificación, asesoramiento y
consultoría sobre proyectos de instalaciones y sistemas de seguridad electrónica, incluyendo el diseño, ensamblaje,
integración, instalación, comercialización, mantenimiento y conservación de equipos, sistemas y dispositivos de
seguridad electrónica, control de accesos, intrusión y su conexión a centrales de recepción de alarmas y centros
de control. Servicios de consultoría, ingeniería e implementación de proyectos, electrónicos, sistemas informáticos
y de telecomunicaciones, incluyendo la realización de informes, dictámenes, proyectos, distribución y publicidad
de contenidos vía informática, estudios y/o trabajos relacionados. La fabricación, comercialización, configuración
y mantenimiento de equipos informáticos y periféricos –hardware (soporte físico) y accesorios. La ingeniería,
comercialización, instalación, configuración y mantenimiento de equipos de calefacción, aire acondicionado,
ventilación y circulación del aire. La realización y dirección facultativa y técnica de toda clase de proyectos,
estudios, diseños, ingeniería y consultoría, por cuenta propia o ajena relativos a Protección contra incendios y
medioambiente, incluyendo el suministro, la instalación y el mantenimiento de todo tipo de aparatos de detección,
extinción y comunicación requeridos para dicha protección. La instalación de redes telegráficas, telefónicas,
informáticas, telefonía sin hilos y televisión, instalaciones de fontanería, instalación de pararrayos y similares; así
como el mantenimiento, conservación y reparación de las mencionadas instalaciones. La capacitación y formación
profesional en todos los elementos relativos a su actividad comercial. La importación y exportación de todo tipo
de elementos referentes a su objeto. Cuando correspondiere se obtendrá del Poder Público la autorización o
habilitación necesarias para efectuar determinadas actividades, y se contratarán a los profesionales que exijan
las diversas reglamentaciones. A tales efectos la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Autorizado
según instrumento privado asamblea general ordinaria de fecha 17/01/2019
GUIDO MARTIN BRONSSILOVSKY - T°: 106 F°: 31 C.P.A.C.F.
e. 18/01/2019 N° 2938/19 v. 18/01/2019