N° 3725/19 Aviso del Boletín Oficial
AGENCIA BOMBAY S.A.
Texto del aviso
AGENCIA BOMBAY S.A.
Escritura Rectificatoria Nº 28, del 14 de Enero de 2019, pasada al Folio 119 del Registro Notarial 1261 de la Ciudad
de Buenos Aires.Se modifica objeto social y artículo tercero del estatuto social en consecuencia, quedando el
mismo redactado de la siguiente forma. ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto: i- La prestación
de todo tipo de servicios de consultoría y asesoría a todo tipo de empresas y personas físicas, tanto en el
ámbito nacional como en el internacional. A fin de cumplir con su objeto social, la Sociedad podrá a) actuar
como contratista, subcontratista, comisionista, distribuidor, representante, mediador o agente: (i) de todo tipo de
empresas comerciales o industriales, nacionales o extranjeras e intermediar en la comercialización de toda clase
de bienes y servicios anexos y conexos al objeto social; (ii) sobre derechos de autor, patentes, marcas industriales,
nombres comerciales y cualquier otro tipo de derechos de propiedad afín al objeto social, con personas humanas
o jurídicas ya fueran públicas o privadas; b) solicitar recursos financieros a instituciones de crédito nacionales o
extranjeras legalmente facultadas para operar con tal cargo, o bien de empresas nacionales o extranjeras, pero
sin obtener recursos directamente del público en general, salvo el caso de emisión de obligaciones; c) obtener por
cualquier título concesiones, permisos, autorizaciones o licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos
relacionados con el objeto social ya fuera con entidades públicas o privadas; d) comprar, vender o recibir por
cualquier título acciones, bonos, obligaciones y valores de cualquier clase y realizar respecto a ellos cualquier clase
de operaciones; e) emitir, girar, endosar, aceptar, avalar descontar y suscribir toda clase de operaciones; f) aceptar
o conferir toda clase de comisiones mercantiles y/o mandatos; g) adquirir por compra, aporte, permuta o cualquier
otro medio legal o contrato nominado o innominado, bienes raíces urbanos o rurales, valores inmobiliarios o bienes
muebles, pudiendo venderlos, cederlos, permutarlos, aportarlos, gravarlos, explotarlos, arrendarlos y disponer de
ellos en cualquier forma y/o administración; h) ejercer representaciones, mandatos, agencias, comisiones, tanto
en el país como en el extranjero. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica
para efectuar cualquier tipo de actos y contratos y emprender toda clase de negocios y actividades relacionadas
directamente o indirectamente con su objeto, sin más limitaciones que las expresamente establecidas en las leyes
o en este estatuto. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 481 de fecha 12/11/2018 Reg. Nº 1261
Cecilia Lopez Lecube - T°: 127 F°: 633 C.P.A.C.F.
e. 23/01/2019 N° 3725/19 v. 23/01/2019