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N° 3725/19 Aviso del Boletín Oficial

AGENCIA BOMBAY S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 23 de enero de 2019

Texto del aviso

AGENCIA BOMBAY S.A.

Escritura Rectificatoria Nº 28, del 14 de Enero de 2019, pasada al Folio 119 del Registro Notarial 1261 de la Ciudad

de Buenos Aires.Se modifica objeto social y artículo tercero del estatuto social en consecuencia, quedando el

mismo redactado de la siguiente forma. ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto: i- La prestación

de todo tipo de servicios de consultoría y asesoría a todo tipo de empresas y personas físicas, tanto en el

ámbito nacional como en el internacional. A fin de cumplir con su objeto social, la Sociedad podrá a) actuar

como contratista, subcontratista, comisionista, distribuidor, representante, mediador o agente: (i) de todo tipo de

empresas comerciales o industriales, nacionales o extranjeras e intermediar en la comercialización de toda clase

de bienes y servicios anexos y conexos al objeto social; (ii) sobre derechos de autor, patentes, marcas industriales,

nombres comerciales y cualquier otro tipo de derechos de propiedad afín al objeto social, con personas humanas

o jurídicas ya fueran públicas o privadas; b) solicitar recursos financieros a instituciones de crédito nacionales o

extranjeras legalmente facultadas para operar con tal cargo, o bien de empresas nacionales o extranjeras, pero

sin obtener recursos directamente del público en general, salvo el caso de emisión de obligaciones; c) obtener por

cualquier título concesiones, permisos, autorizaciones o licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos

relacionados con el objeto social ya fuera con entidades públicas o privadas; d) comprar, vender o recibir por

cualquier título acciones, bonos, obligaciones y valores de cualquier clase y realizar respecto a ellos cualquier clase

de operaciones; e) emitir, girar, endosar, aceptar, avalar descontar y suscribir toda clase de operaciones; f) aceptar

o conferir toda clase de comisiones mercantiles y/o mandatos; g) adquirir por compra, aporte, permuta o cualquier

otro medio legal o contrato nominado o innominado, bienes raíces urbanos o rurales, valores inmobiliarios o bienes

muebles, pudiendo venderlos, cederlos, permutarlos, aportarlos, gravarlos, explotarlos, arrendarlos y disponer de

ellos en cualquier forma y/o administración; h) ejercer representaciones, mandatos, agencias, comisiones, tanto

en el país como en el extranjero. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica

para efectuar cualquier tipo de actos y contratos y emprender toda clase de negocios y actividades relacionadas

directamente o indirectamente con su objeto, sin más limitaciones que las expresamente establecidas en las leyes

o en este estatuto. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 481 de fecha 12/11/2018 Reg. Nº 1261

Cecilia Lopez Lecube - T°: 127 F°: 633 C.P.A.C.F.

e. 23/01/2019 N° 3725/19 v. 23/01/2019