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N° 4231/19 Aviso del Boletín Oficial

NOKIA SOLUTIONS AND NETWORKS ARGENTINA S.A. - ALCATEL-LUCENT DE ARGENTINA S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES lunes, 28 de enero de 2019

Texto del aviso

NOKIA SOLUTIONS AND NETWORKS ARGENTINA S.A. - ALCATEL-LUCENT DE ARGENTINA S.A.

Fusión por absorción: a) Sociedad absorbente: Nokia Solutions and Networks Argentina S.A., con sede social en

Vieytes 1710, CABA, inscripta en Registro Público el 27/07/2007, N° 12305, Libro 36, Tomo A de S.A. b) Sociedad

absorbida: Alcatel-Luecnt de Argentina S.A. con sede social en Vieytes 1710, CABA, inscripta en el Juzgado

Nacional de Primera Instancia en lo Comercial de Registro el 23/07/1971, bajo el N° 2556 del Libro 74 Tomo A de

Estatutos de Sociedades Anónimas Nacionales; c) La sociedad absorbente aumentó su capital en $ 273.862.404,

y el capital resultante asciende a $ 1.256.097.879 representado por 1.256.097.879 acciones ordinarias, nominativas

no endosables, de $ 1 valor nominal cada una, y de un voto por acción. La sociedad absorbente modificó los

artículos 1 y 4 del estatuto; d) Valuación del Activo y Pasivo al 30.09.2018: (i) Nokia Solutions and Networks

Argentina S.A.: Activo $ 2.963.933.720, Pasivo $ 2.550.654.415; (ii) Alcatel-Lucent de Argentina S.A.: Activo

$ 3.596.186.150, Pasivo $ 3.507.093.519. Sede social se mantiene en Vieytes 1710, CABA; e) El Compromiso Previo

de Fusión se suscribió el 15/12/2018 y fue aprobado por las respectivas asambleas extraordinarias de accionistas

el 15/12/2018; f) Disolución: Alcatel-Lucent de Argentina S.A. se disuelve sin liquidarse; g) Dentro de los 15 días

desde la última publicación de este aviso, los acreedores de fecha anterior pueden oponerse a la fusión en Vieytes

1710, CABA, de 12 a 16 hs. Salvador José Paz Menéndez autorizado por Asamblea de Nokia Solutions and

Networks Argentina S.A. de fecha 15/12/2018. Autorizado según instrumento privado Asamblea de Alcatel-Lucent

de Argentina S.A. de fecha 15/12/2018

Salvador Jose Paz Menendez - T°: 106 F°: 83 C.P.A.C.F.

e. 25/01/2019 N° 4231/19 v. 29/01/2019