N° 6958/19 Aviso del Boletín Oficial
28 DE JUNIO S.A.
Texto del aviso
28 DE JUNIO S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria unánime del 15/06/2018, se resolvió reformar el art. 8º y 9º del estatuto
social que quedaron redactados de la siguiente forma: (i) “ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración de
la sociedad está a cargo del directorio, integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la asamblea elegir igual o
menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación. El término de su
elección es de tres (3) ejercicios. La asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración. El directorio
sesionará con la mitad más uno de sus titulares y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate el
Presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un Presidente, pudiendo, en caso
de pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. En
garantía de sus funciones los titulares deberán cumplir con las normas legales vigentes en la materia. El directorio
tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor
del Código Civil y Comercial y del art. 9 del Decreto/ Ley 5965/63. Podrá especialmente, operar con toda clase
de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales
y generales, judiciales de administración u otros, con o sin la facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar,
desistir denuncias o querellas penales; y realizar todo hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer
obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del directorio o al
Vicepresidente en su caso”. (ii) “ARTICULO NOVENO: La sociedad prescindirá de la sindicatura como órgano de
fiscalización interno. En caso de alcanzarse alguno de los parámetros fijados por el art. 299 de la Ley General
de Sociedades, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de un síndico titular designado anualmente por
la asamblea la que designará simultáneamente un suplente.” Autorizado según instrumento privado Asamblea
General Extraordinaria de fecha 15/06/2018
EZEQUIEL AGUSTIN SCIACALUGA - T°: 73 F°: 454 C.P.A.C.F.
e. 08/02/2019 N° 6958/19 v. 08/02/2019