N° 6977/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 2
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 2
SECRETARÍA NRO. 4
EDICTO El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, sito en Marcelo T. de Alvear
1840 P.B, C.A.B.A., comunica por 2 días en los autos: “AUSILIO, Néstor Aníbal S/Quiebra S/ Incidente de subasta
de bien inmueble (calle Cucha Cucha 1204/1206, esq. Cnel. Apolinario Figueroa) “, expte. Nº 58.815 /2009 /2, que
el 28 de febrero de 2019 a las 10 hs.en punto en la calle Jean Jaures Nº 545, C.A.B.A., el martillero Mariano Espina
Rawson (CUIT Nº20-04138967-3) rematará al contado y al mejor postor, el inmueble sito en la calle Cucha Cucha
1204/1206 esquina Apolinario Figueroa U.F Nº 1 de C.A.B.A.(Nomenclatura catastral: Circ. 15, Secc. 59 Manz.
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.052 - Segunda Sección 63 Viernes 8 de febrero de 2019
170, Parc. 29, MATRICULA: 15-24689/ 1- Sup. Total :28 ms. 22 dc2).Exhibición: los días 26 y 27 de febrero de
11 a 13 hs. BASE: U$S 44.800.- Seña: 30%. Comisión: 3%. Arancel de subasta: 0,25%. Prohibida la “compra en
comisión”, “cesión o transferencia del boleto de compra” y la “compra bajo poder”. En caso de corresponder el
pago del I.V.A. por la presente compraventa, el mismo no se encuentra incluído en el precio de venta y deberá ser
solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente.
El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra
notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del C.P.C.,las deudas por impuestos,
tasas y contribuciones anteriores a la fecha de la quiebra serán objeto de verificación en caso de así requerirlo
los respectivos acreedores.Que las deudas por los mismos conceptos originados entre el auto de quiebra y la
fecha de posesión del inmueble por parte del comprador deben ser abonadas por la sindicatura como gastos del
concurso (L.C. 240). Que las deudas posteriores a esta fecha, serán carga del comprador.Con excepción, en caso
de corresponder, de las referidas a las expensas comunes conforme lo prescripto por el art. 17 de la Ley 13.512.
.CUIT DEL FALLIDO 20-17958996-7.Buenos Aires, a los días del mes de febrero de 2019.-
FERNANDO MARTIN PENNACCA Juez - HECTOR LUIS ROMERO SECRETARIO
e. 08/02/2019 N° 6977/19 v. 11/02/2019