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N° 6089/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 4

Edictos Judiciales lunes, 11 de febrero de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 4

SECRETARÍA NRO. 8

EDICTO: P.O.S.S. se hace saber que con fecha 04/02/2018 el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 4,

a cargo del Dr. Dr. Alejandro Catania, Secretaría N° 8, a cargo del Dr. Diego Fera Gomez –sito en la Av. De los

Inmigrantes 1950, piso 2do. Of. 238 de C.A.B.A., tel. 4130-6132/33 en el marco de los autos N° 13.998 (CPE

795/2018) caratulados: “RHS ARGENTINA S.A. - REPRESENTADA POR MOHAMED YACINE BOUZID; BOUZID

MUSTHAPA; VEGA, MARIO EDGARDO S/INFRACCION LEY 24.769” cita por edictos (artículo 150 del C.P.P.N.), el

que deberá ser publicado por el término de CINCO (5) DIAS en el BOLETIN OFICIAL, a MOHAMED YACINE BOUZID

(D.N.I. N° 95.013.999), a prestar declaración INDAGATORIA para el día 21 de febrero de 2019, a las 10.00 horas,

quien deberá designar abogado defensor de su confianza y que, en caso de silencio, se designará al defensor

oficial que por turno corresponda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su inmediata captura

en caso de incomparecencia injustificada…FDO. DIEGO FERA GOMEZ SECRETARIO.

A LOS EFECTOS SE TRANSCRIBE EL AUTO QUE ORDENA LA MEDIDA “Buenos Aires, 4 de febrero de 2019.

1°) Fíjese nueva fecha de audiencia a fin recibirle declaración indagatoria a Mohamed Yacine Bouzid (D.N.I.

N° 95.013.999), y …para los días 21 de febrero …de 2019, a las 10:00 horas, respectivamente. Hágase saber a

los nombrados que deberán designar abogado defensor de su confianza y que, en caso de silencio, se designará

al defensor oficial que por turno corresponda. Asimismo, atento el resultado negativo de todas las notificaciones

practicadas en los domicilios informados en autos y lo que surge del informe de la Dirección Nacional de Migraciones

obrante a fs. 294/300, respecto de Mohamed Yacine BOUZID (conf. fs. 182vta., 185vta., 247/9), …, notifíquese a

los nombrados por edictos (conf. artículo 150 del C.P.P.N.), bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes y

ordenarse sus inmediatas capturas en caso de incomparecencias injustificadas, los que deberán ser publicados

en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el término de CINCO días y en forma urgente. Fdo. Alejandro J.

Catania. Juez. Ante mi. Diego Fera Gomez. Secretario.”

DR. ALEJANDRO J. CATANIA Juez - DIEGO FERA GOMEZ SECRETARIO

e. 05/02/2019 N° 6089/19 v. 11/02/2019