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N° 7412/19 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1

Edictos Judiciales martes, 12 de febrero de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1

SECRETARÍA NRO. 1

Restitución de lo cobrado por Exceso Límite de Compra.

En atención al acuerdo conciliatorio arribado en los autos “Unión de Usuarios y Consumidores c/Banco Santander

Rio S.A. y otro s/ORDINARIO” (Expte. 51113/2009), iniciado por la UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES y

por CONSUMIDORES LIBRES COOP. DE PROVISIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIOS, en trámite ante el Juzgado

Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 1, a cargo del Dr. Alberto Alemán, Secretaría N° 1, a cargo del Dr.

Mariano Conde, sito en Av. Diagonal Roque Sáenz Peña 1211, 5to piso, CABA, el Banco Santander Rio S.A. pone

en su conocimiento que reintegrará a los clientes y ex clientes de las tarjetas de crédito Visa y American Express

emitidas por Banco Santander Rio S.A., los montos que se hubieran cobrado por el concepto “ Exceso Límite

de Compra”, durante el periodo Septiembre 2006 a Enero 2010 (inclusive), con más el IVA asociado a la misma e

intereses. Los usuarios que actualmente sean clientes de la entidad, verán reflejada la acreditación en la liquidación

de su tarjeta de crédito o alternativamente en su cuenta a la vista, dentro de los 45 días de homologado en firme

este acuerdo, con más los intereses calculados a la tasa activa del BNA, desde la fecha del cobro del concepto

indicado hasta la fecha de acreditación de los importes. Los usuarios que hayan dejado de ser clientes, podrán

presentarse dentro de los 3 años contados a partir de la fecha de esta publicación en cualquier sucursal del banco,

donde previas verificaciones de rigor, se efectuará el reintegro en efectivo, incluidos los intereses devengados

hasta esa fecha. Los usuarios que no deseen estar comprendidos en el presente acuerdo podrán manifestar su

voluntad de apartarse de la solución adoptada en los términos del art. 54 de la Ley 24.240, a través de una nota a

presentar ante el juzgado interviniente en los autos ya citados. El texto del acuerdo y de la sentencia homologatoria

podrá ser consultado en las páginas www.santanderrio/banco/online/personas, en wwww.launionuyc.org.ar y

www.consumidoreslibres.org.ar

ALBERTO ALEMÁN Juez - MARIANO CONDE SECRETARIO

e. 11/02/2019 N° 7412/19 v. 13/02/2019