N° 8267/19 Aviso del Boletín Oficial
ALFONSINA COMERCIO EXTERIOR S.R.L.
Texto del aviso
ALFONSINA COMERCIO EXTERIOR S.R.L.
Por Acta De Reunión De Socios del 18/12/2018, se resolvió: I) Aceptar la renuncia al cargo de gerente de Gabriela
Alfonsina BLÁNQUEZ BRIZUELA, y designar como Gerentes a: Clidel Mabel BRIZUELA y a Walter DÍAZ, quienes
aceptan los cargos y fijan domicilio especial en la sede social sita en Juana Manso 1750, 5° Piso, Sector “B”,
de C.A.B.A.- II) Reformar la cláusula 1ª, 3ª y 4ª del contrato social, las cuales quedan redactadas: “PRIMERA:
DENOMINACIÓN. DOMICILIO. La sociedad se denomina AWAY CUSTOM BROKERS S.R.L., continuadora de
ALFONSINA COMERCIO EXTERIOR S.R.L. y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, pudiendo establecer oficinas, sucursales, agencias, depósitos o corresponsalías en cualquier lugar
de la República Argentina o del exterior.”; “TERCERA: OBJETO SOCIAL. La sociedad tiene por objeto realizar
por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a)
compra, venta, importación, exportación, transporte, distribución y mantenimiento de toda clase de mercaderías y
bienes incluidos en nomencladores arancelarios oficiales establecidos en la República Argentina para importación
y exportación; b) toda clase de representaciones, consignaciones, comisiones y mandatos vinculados a su objeto
social; c) asesoramiento en servicios de comercio exterior y despacho de aduanas. Todas aquellas actividades
de asesoramiento y prestación de servicios que por su naturaleza así lo requieran deberán ser efectuadas por
profesionales en la materia con título habilitante. A tales efectos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
ejercer derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos y contratos tendientes al cumplimiento del
objeto social.”; “CUARTA: CAPITAL: El capital social se fija en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000), dividido
en doscientas (200) cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una. El capital podrá incrementarse cuando
el giro comercial así lo requiera, a cuyo fin las condiciones de monto y plazos para su integración serán aprobadas
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.056 - Segunda Sección 23 Jueves 14 de febrero de 2019
en asamblea de socios, con el voto favorable de quienes representen no menos de las tres cuartas partes del
capital guardándose la misma proporción de cuotas de las que cada socio sea titular al momento de la decisión.”.-
Autorizado según instrumento privado acta de reunión de socios de fecha 18/12/2018
Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.
e. 14/02/2019 N° 8267/19 v. 14/02/2019