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N° 8267/19 Aviso del Boletín Oficial

ALFONSINA COMERCIO EXTERIOR S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 14 de febrero de 2019

Texto del aviso

ALFONSINA COMERCIO EXTERIOR S.R.L.

Por Acta De Reunión De Socios del 18/12/2018, se resolvió: I) Aceptar la renuncia al cargo de gerente de Gabriela

Alfonsina BLÁNQUEZ BRIZUELA, y designar como Gerentes a: Clidel Mabel BRIZUELA y a Walter DÍAZ, quienes

aceptan los cargos y fijan domicilio especial en la sede social sita en Juana Manso 1750, 5° Piso, Sector “B”,

de C.A.B.A.- II) Reformar la cláusula 1ª, 3ª y 4ª del contrato social, las cuales quedan redactadas: “PRIMERA:

DENOMINACIÓN. DOMICILIO. La sociedad se denomina AWAY CUSTOM BROKERS S.R.L., continuadora de

ALFONSINA COMERCIO EXTERIOR S.R.L. y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, pudiendo establecer oficinas, sucursales, agencias, depósitos o corresponsalías en cualquier lugar

de la República Argentina o del exterior.”; “TERCERA: OBJETO SOCIAL. La sociedad tiene por objeto realizar

por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a)

compra, venta, importación, exportación, transporte, distribución y mantenimiento de toda clase de mercaderías y

bienes incluidos en nomencladores arancelarios oficiales establecidos en la República Argentina para importación

y exportación; b) toda clase de representaciones, consignaciones, comisiones y mandatos vinculados a su objeto

social; c) asesoramiento en servicios de comercio exterior y despacho de aduanas. Todas aquellas actividades

de asesoramiento y prestación de servicios que por su naturaleza así lo requieran deberán ser efectuadas por

profesionales en la materia con título habilitante. A tales efectos, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

ejercer derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos y contratos tendientes al cumplimiento del

objeto social.”; “CUARTA: CAPITAL: El capital social se fija en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000), dividido

en doscientas (200) cuotas de pesos cien ($ 100) valor nominal cada una. El capital podrá incrementarse cuando

el giro comercial así lo requiera, a cuyo fin las condiciones de monto y plazos para su integración serán aprobadas

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.056 - Segunda Sección 23 Jueves 14 de febrero de 2019

en asamblea de socios, con el voto favorable de quienes representen no menos de las tres cuartas partes del

capital guardándose la misma proporción de cuotas de las que cada socio sea titular al momento de la decisión.”.-

Autorizado según instrumento privado acta de reunión de socios de fecha 18/12/2018

Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.

e. 14/02/2019 N° 8267/19 v. 14/02/2019