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N° 41464/2010 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1

Edictos Judiciales lunes, 25 de febrero de 2019

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1

SECRETARÍA NRO. 2

Se comunica a los interesados (clientes y/ex clientes de BANCO SAENZ S.A.) que en los autos caratulados “ADDUC

c/ BANCO SAENZ S.A. s/ ORDINARIO” (Expediente N° 41464/2010) que tramita ante el Juzgado Comercial N° 1

a cargo del Dr. Alberto Alemán, Secretaria N° 2 a cargo del Dr. Juan Pablo Sala, sito en la calle Libertad 533 P.B.,

C.A.B.A., el Tribunal ha dispuesto comunicar la existencia de este juicio, pudiendo los clientes/consumidores

y/o ex clientes/consumidores de la empresa, a los que se haya cobrado los intereses que son objeto del mismo,

manifestar mediante la presentación en el juzgado de una nota sin necesidad de firma de letrado, en el plazo

de 30 días desde la publicación del presente, su voluntad de ser excluidos de la sentencia colectiva a dictarse

en los términos del art. 54 de la Ley 24240, cuyo texto señala “La sentencia que haga lugar a la pretensión hará

cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares

condiciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad de excluirse de la sentencia colectiva, deberán

enviar carta simple dirigida al Juzgado haciendo saber su voluntad de abstenerse a la cosa juzgada que resulte de

la sentencia a dictarse”.

Se informan los datos del juicio, partes intervinientes: Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y

Consumidores – ADDUC- y GE Compañía Financiera S.A. (actualmente Cordial Cia. Financiera S.A.), fecha de la

demanda 10/11/10. Objeto del proceso: es que el Tribunal proceda a ordenar la reducción o morigeración de las

tasas de intereses financieros y moratorios que el demandado cobra a los consumidores usuarios de la Tarjeta de

Crédito que emite el accionado, declarándose la nulidad de los pactos o convenciones que hubieran estipulados

las tasas de interés, así como la restitución de los intereses que en su caso se declaren ilícitamente percibidos de

los usuarios de tarjeta que emite el accionado por todo el período considerado.

ALBERTO ALEMÁN Juez - JUAN PABLO SALA SECRETARIO

e. 25/02/2019 N° 11147/19 v. 26/02/2019