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N° 1646/2018 Aviso del Boletín Oficial

SYNGENTA AGRO S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 1 de marzo de 2019

Texto del aviso

SYNGENTA AGRO S.A.

Se hace saber que Syngenta Agro S.A. (la “Sociedad” o el “Fiduciante”), ha cedido fiduciariamente a favor del

Fideicomiso Financiero denominado “Crescere VII” (el “Fideicomiso”): (i) créditos originados por Distribuidores

Elegidos (conforme este término se define en el Contrato de Fideicomiso), transferidos al Fiduciante; y (ii) créditos

originados por el Fiduciante, todos derivados de la comercialización de insumos y productos agropecuarios entre

los Distribuidores Elegidos y/o el Fiduciante y los Deudores Cedidos (conforme este término se define en el Contrato

de Fideicomiso), instrumentados en facturas, según el contrato de fideicomiso financiero del 31 de mayo de 2018

(que fuera modificado de tanto en tanto), entre la Sociedad, en su carácter de fiduciante, y TMF Trust Company

(Argentina) S.A., en su carácter de fiduciario del Fideicomiso (el “Fiduciario”) (el “Contrato de Fideicomiso”). La

cesión fiduciaria que aquí se notifica involucra a los créditos correspondientes al Lote Nº 1, Lote Nº 2, Lote Nº 3,

Lote Nº 4 y Lote Nº 5 indicados dentro de los discos compactos no regrabables incluidos en la comunicación de

cesión enviada al Fiduciario y, en su caso, en el disco compacto presentado ante la Comisión Nacional de Valores

(Expte. N° 1646/2018) (los “Créditos Cedidos”). Copias de los discos compactos y del Contrato de Fideicomiso, se

encuentran a disposición de los interesados en el domicilio de la Sociedad, sito en Avenida del Libertador 1855,

Vicente López, Provincia de Buenos Aires, Argentina, y en el domicilio del Fiduciario, sito en Av. Chiclana 3345, 5º

piso, (C1260ACA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presente importa notificación en los términos del artículo

1620 del Código Civil y Comercial de la Nación. La cesión fiduciaria de los Créditos Cedidos al Fideicomiso no

implica alterar las relaciones jurídicas originales celebradas entre la Sociedad, los Distribuidores Elegidos y los

Deudores Cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud

de la cesión pasará a ser el Fideicomiso, representado en la persona del Fiduciario, sin perjuicio de lo cual los

Deudores Cedidos podrán continuar efectuando los pagos debidos bajo los Créditos Cedidos a la Sociedad, en su

carácter de Agente de Cobro o al que eventualmente lo reemplace en el futuro en los lugares habituales de pago.

Autorizado según instrumento privado Autorizacion de fecha 25/02/2019

gonzalo alfredo gandara - T°: 126 F°: 509 C.P.A.C.F.

e. 01/03/2019 N° 12882/19 v. 01/03/2019