W20 Argentina W20Argentina

N° 13475/19 Aviso del Boletín Oficial

BENKOPAY S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES jueves, 7 de marzo de 2019

Texto del aviso

BENKOPAY S.A.S.

Se hace saber que por Acta de Reunión de Socios de fecha 09/01/2019 se decidió unánimemente modificar el

artículo tercero del estatuto, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto.

Tiene por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera

de la República Argentina, las siguientes actividades, todas ellas relacionadas con su objeto exclusivo de servicios

de recaudación y pago: Organizar sistemas de cobranza de créditos dinerarios de cualquier tipo y brindar servicios

de recaudación, cobranzas y/o pagos por cuenta y orden de terceros mediante medios de pago electrónicos

y/o medios similares tales como efectivo, cheques, transferencias entre cuentas bancarias, tarjetas de crédito o

débito u otros medios de pago nacionales o internacionales e incluso otras formas que puedan existir en el futuro

para la recaudación de todo tipo de pagos principalmente periódicos o recurrentes tales como impuestos, tasas

y contribuciones, servicios públicos, suscripciones, abonos, cuotas sociales, servicios adicionales o especiales,

ventas de productos, donaciones y eventos tanto para entidades públicas o privadas, con o sin fines de lucro,

facilitando el acceso a nuevas formas de servicios principalmente tecnológicos y potenciando sus procesos

operativos; como asimismo la comercialización, distribución, administración, explotación, mantenimiento, soporte,

importación y exportación en todas sus formas de los servicios, productos e insumos (incluyendo terminales

físicas o electrónicas de cobranzas y pagos) referidos previamente; iniciar y/o formar parte de las acciones legales,

judiciales y/o extrajudiciales, que resulten o se consideren necesarias; las facultades enunciadas son meramente

ejemplificativas y no limitan las formas de cumplimiento del objeto social. La sociedad tiene plena capacidad de

derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir

derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede

realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar

contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos

y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y

toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios

de fecha 09/01/2019

LUCAS NOVARO HUEYO - T°: 129 F°: 702 C.P.A.C.F.

e. 07/03/2019 N° 13475/19 v. 07/03/2019