N° 25/11 Aviso del Boletín Oficial
PARTIDO DEMOCRATA CRISTIANO
Texto del aviso
PARTIDO DEMOCRATA CRISTIANO
El juzgado Federal con competencia electoral de la provincia de La Rioja a cargo del Dr. Daniel Herrera Piedrabuena
hace saber que en los autos caratulados: “PARTIDO DEMOCRATA CRISTIANO S/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO
DE DISTRITO”, Expte. Nº CNE 12000042/1982 que tramitan ante sus estrados, la Resolución de Reconocimiento
Definitivo. LA RIOJA, 22 de Febrero de dos mil diecinueve. Y VISTO: Los autos caratulados: “PARTIDO
DEMÓCRATA CRISTIANO S/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO”, Expte. N° CNE 12000042/1982;
Y CONSIDERANDO: I) Que, según consta en los presentes autos, el “Partido Demócrata Cristiano”- Distrito La
Rioja obtuvo la personería jurídico política en forma provisoria mediante resolución de fecha 14 de diciembre
de 2018 (Clave de Sentencia CNE 012000042/1982 – fecha de sentencia 14/12/2018), en virtud de haber dado
cumplimiento con las exigencias contenidas en el artículo 7 de la Ley 23.298 (con la reforma introducida por Ley
26.571). II) Que, según el informe de Secretaría que obra a fs. 1128 de autos, se encuentra acreditado también el
requisito del número mínimo de afiliaciones válidas que establece el artículo 7 bis, inc. a; de la Ley 23.298 (con
la reforma introducida por Ley 26.571). III) Que, a fs. 1134 la agrupación política acreditó el cumplimiento de las
exigencias contempladas por el artículo 7 bis, inc. c; de la Ley 23.298, en concordancia con lo dispuesto por el
artículo 37 del citado cuerpo legal, en cuanto a la presentación de los libros partidarios para su rúbrica y sellado y
lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 26.215 respecto del Libro Diario. IV) Que, el “Partido Demócrata Cristiano”
a fs. 1129/1131, presenta al Tribunal la documentación que da cuenta de la convocatoria a elecciones internas
partidarias y su publicación y acompaña la proclamación de autoridades partidarias juntamente con la nómina de
las mismas (fs. 1137 vta.), cumplimentando el requerimiento contemplado por el art. 7 bis, inc. b; de la Ley 23.298
(con la reforma introducida por Ley 26.571).V) Que, de conformidad con lo establecido por Acordada N° 25/11 de
la Excma. Cámara Nacional Electoral, corresponde asignar a la presente agrupación el número ciento ochenta
y dos (182) de identificación del registro, como partido de distrito. Asimismo, y como lo dispone el punto V) del
Anexo de la Acordada citada, la presente agrupación por integrar un partido de orden nacional, debe utilizar el
numero cinco (5) de identificación, otorgado por la Excma. Cámara Nacional Electoral a dicho partido nacional.
VI) Que, por lo expuesto y de conformidad a las disposiciones legales citadas y lo previsto por los artículos 14 y
18 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298 (con las modificaciones introducidas por la Ley 26.571),
SE RESUELVE: 1°) Reconocer la personalidad jurídico política con carácter definitivo como partido de distrito, a
la agrupación denominada “Partido Demócrata Cristiano” de conformidad con lo establecido por el artículo 7 bis
de la Ley 23.298 (modificada por Ley 26.571) con todos los derechos, deberes y obligaciones que emanan del
ordenamiento jurídico vigente. 2°) Asignar el número ciento ochenta y dos (182) de identificación del registro como
Partido de Distrito, debiendo utilizar de conformidad con lo dispuesto mediante Acordada CNE N° 25/11 (punto V
del Anexo) el número cinco (5) de identificación, asignado oportunamente al “Partido Demócrata Cristiano” orden
nacional por la Excma. Cámara Nacional Electoral. 3°) Publicar por el término de un día en el Boletín Oficial de la
Nación la presente Resolución. 4°) Comunicar la presente Resolución a la Excma. Cámara Nacional Electoral, a
la Dirección Nacional Electoral, al Juzgado Electoral Provincial y al Centro de Cómputos de este Tribunal, a sus
efectos .5°) Regístrese y notifíquese. En la ciudad de La Rioja 22 de Febrero de 2019, Dra. Maria Isabel Flores –
Prosecretaria Electoral Nacional.
DR. DANIEL HERRERA PIEDRABUENA Juez - DRA. MARIA ISABEL FLORES PROSECRETARIA ELECTORAL
NACIONAL
e. 07/03/2019 N° 13591/19 v. 07/03/2019