N° 14357/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29
SECRETARÍA NRO. 57
EDICTO. El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo Comercial N º29, Secretaría Nº 57, comunica por un día en los
autos:”FIBROMAD S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA”, Exp. 24910/16/1, que el Martillero Miguel A. M.
Soaje (CUIT 20-07602877-0) subastará el 29 de Marzo de 2.019, a las 11,30 horas en punto en la Sede de la calle
Jean Jaures 545 de esta Ciudad, los BIENES MUEBLES que en el estado en que encuentran se exhiben en el
depósito firma CATAVORELLO ubicado en Camino de Cintura 6759 de 9 de Abril, en el Pdo. de Esteba Echeverría,
Pcia. de Buenos Aires, los días 27 y 28 de Marzo, de 10 a 12 horas; consistentes en 1) Lijadora de Banda marca
BIDINOST S.A., 2) Equipo Aspirador, marca AIR METAL de 48 mangas, 3) Sierra sin fin, 70 de diámetro de volante
marca UNGAR, 4) Pegadora de Cantos SCM K203, 5) Agujereadora marca VITAP. El comprador en el acto de la
subasta deberá declarar su posición frente al IVA, y tributar en su caso la suma correspondiente. Esta venta se
realiza SIN BASE, AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE + IVA, SEÑA 30%, COMISION 10%, Y ARANCEL
CSJN 0,25%, todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta, debiendo el comprador constituir domicilio en la
jurisdicción del Juzgado, y el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta
sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento del Art. 580 del CPCCN. Se admitirán ofertas
bajo sobre ante el Tribunal hasta 2 días hábiles antes de la fecha de subasta. Conocimiento de autos: se presume
que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos; de la presente resolución, y de las
dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Los bienes se rematarán en el estado en que se
encuentran. No se admitirán reclamos de ningún tipo respecto del estado, medidas, condiciones, características y
usos de los bienes. Quedan a cargo del comprador los gastos de traslado de los mismos, que deberá concretarse
en un plazo perentorio de diez días, bajo apercibimiento de disponer lo pertinente. BUENOS AIRES, 8 de Marzo
de 2.019.
MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez - NANCY RODRIGUEZ SECRETARIA
e. 11/03/2019 N° 14357/19 v. 11/03/2019