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N° 14930/19 Aviso del Boletín Oficial

INCREASE POS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 12 de marzo de 2019

Texto del aviso

INCREASE POS S.A.

Constituida por escritura pública N° 74 del 12/10/2018. Socios: Sebastián Cadenas, argentino, 24/10/1983,

30.550.106, empresario, casado, Hidalgo 95 Ciudad de Buenos Aires e Increase Usa Holding LLC, inscripta

en Dirección de Personas Jurídica de la provincia de Buenos Aires por Resolución 3637 del 16/06/2016 Folio

126970, Legajo 224834, Matrícula 129158 del 22/06/2016 representada por Sebastián Cadenas en su carácter de

representante legal (art. 123 Ley 19.550) inscripto junto con la sociedad, CDI 30-71635688-0, calle 48 Nro. 877

piso 1 oficina 108 La Plata, Buenos Aires. Objeto: Organizar sistemas de cobranza de créditos de cualquier tipo

y de recaudación, cobranzas y/o pagos por cuenta y orden de terceros por cualquier medio actual o que pudiera

existir en el futuro para la recaudación de todo tipo de pagos, facilitando el acceso a nuevas formas de servicios

principalmente tecnológicos y potenciando sus procesos operativos; comercialización, distribución, administración,

explotación, mantenimiento, soporte, importación y exportación en todas sus formas de los servicios, productos

e insumos referidos previamente. Capital: $ 100.000. Duración: 99 años desde constitución. Administración: 1 a

10 directores por 3 ejercicios, según fije la asamblea. Se designó a Sebastián Cadenas (titular y presidente) y a

Nicolás Gatica Luzuriaga (suplente) quienes fijaron domicilio especial en la sede social. Fiscalización: prescinde de

sindicatura. Representación Legal: presidente o vice ante ausencia o vacancia. Cierre del ejercicio: 31/12. Sede:

Gurruchaga 2366 Planta Baja Oficina “C” Ciudad de Buenos Aires. Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 74 de fecha 12/10/2018 Reg. Nº 614. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 74 de fecha 12/10/2018 Reg.

Nº 614

Mauricio Jesus Bartolome - T°: 90 F°: 751 C.P.A.C.F.

e. 12/03/2019 N° 14930/19 v. 12/03/2019