N° 15075/19 Aviso del Boletín Oficial
CREDITIUM S.R.L.
Texto del aviso
CREDITIUM S.R.L.
1) Alejo Martín Ernesto Carreras Lobo, argentino, DNI: 28.167.373 y CUIL: 20-28167373-5 domicilio en Calle 25 Nro.
3763, Gonnet, La Plata, Provincia de Buenos Aires, casado en primeras nupcias con María Elena Storani, nacido
el 2 de septiembre de 1979, de ocupación abogado y Pablo Hernán Marcelo Carreras Lobo, argentino con DNI:
28.644.715 y CUIL: 20-28.644.715-6, con domicilio en la Avenida Santa Fe 576, piso 1, de la localidad de Acasusso,
Provincia de Buenos Aires, casado en primeras nupcias con Paz Campos Sindblad, nacido el 4 de diciembre de
1980, de profesión abogado. 2) 18/02/2019, 3) Uruguay 950, piso 3 departamento 5 C.A.B.A., 4) La Sociedad tiene
por objeto único y exclusivo dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto
del territorio de la República Argentina y/o del exterior: A) Actividad Financiera: Realizar operaciones financieras en
general, otorgar préstamos, aportes en inversiones de capitales con o sin garantía a personas jurídicas o personas
humanas, realizar financiaciones y operaciones de crédito en general, desarrollar órdenes de compra, tarjetas de
beneficios, de compra y/o de créditos, negociación de títulos valores públicos o privados, obligaciones negociables,
participar en o realizar fideicomisos privados, compra y venta y/o cesión de carteras crediticias, créditos individuales,
créditos litigiosos y créditos de todo tipo en general. Asimismo podrá dedicarse a la compra, venta y negociación de
títulos, acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y/o papeles de crédito, incluso emitir Obligaciones
Negociables y otro tipo de bonos, con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley 21.526 de Entidades
Financieras. Ejercer representaciones, mandatos, comisiones, intermediaciones, desarrollo y comercialización de
productos financieros, propios y de terceros. Desarrollar y organizar fideicomisos comunes o financieros, ejercer
como fiduciario de fideicomisos comunes o financieros en el marco de la Ley 24.441. A tales fines la Sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no
estén prohibidos por las leyes o por el estatuto. B) Actividad Constructora: mediante la construcción, demolición y
refacción de edificios de cualquier naturaleza, realización de obras y trabajos de arquitectura e ingeniería de todo
tipo sean públicas o privadas, actuando como propietaria, empresaria, contratista o subcontratista de obras en
general. C) Inmobiliaria: mediante la compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento y/o remate y/o subastas de
inmuebles, inclusive las comprendidas dentro del régimen de la ley de propiedad horizontal, así como también
toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteos de parcelas y su posterior
venta, como la de las unidades resultantes del régimen de la Ley Nº 13.512, urbanización, fideicomisos, barrios
cerrados, clubes de campo, explotación de parques industriales, pudiendo tomar para la venta o comercialización
operaciones inmobiliarias de terceros y realizar todas las demás operaciones sobre inmuebles que autoricen las
leyes de suelo. Servicios de mantenimiento de inmuebles: Prestación de servicios de mantenimiento de inmuebles,
sea de exteriores, como de interiores, jardinería, decoración, amoblamiento y limpieza, y asesoramiento técnico
al respecto. D) Comercial: compraventa de materiales para la construcción y de insumos para el mantenimiento
de inmuebles como así también de bienes para la decoración y equipamiento de inmuebles. Administración:
de inmuebles, administración de consorcios de copropietarios, de clubes de campo y de barrios cerrados. E)
Importación, exportación, representación, intermediación, consignación, compra, venta y cualquier otra forma de
comercialización por mayor y menor de materias primas, mercaderías, productos elaborados y semielaborados,
naturales o artificiales, relacionados con las industrias y actividades que se mencionan en este punto. F) Consultoría:
Servicios de consultoría y representación y administración de terceros a nivel nacional e internacional. Prestación
de servicios por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros o mediante la adscripción prepaga a la sociedad,
de Asesoramiento integral y consultoría empresaria en materia comercial, financiera, técnica y de imagen, a
personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, para la organización y administración de empresas. Los
servicios de asesoramiento o de consultoría podrán desarrollarse en cualquier sector del comercio nacional o
internacional y podrán adoptar todas y cualquiera de las siguientes modalidades: administración de contratos,
consultoría de imagen, estudio e instrumentación de sistemas internos de control de gestión y/o control de calidad,
estudio e implementación de sistemas informáticos, relevamiento de datos, análisis e interpretación de datos,
realización de estudios de mercado, estudio y asesoría en la implementación de sistemas operativos generales,
asesoramiento en recursos humanos, tercerización de personal, proyectos de inversión internacional, nacional,
municipal provincial, regional, y sectorial, capacitación en las distintas ramas relacionadas con el objeto social.
G) Desarrollo y servicios de medios de pagos ya sean digitales, convencionales o alternativos. Las actividades
mencionadas serán realizadas por profesionales con titulo habilitan para cada caso que así se requiera. A tal fin
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.073 - Segunda Sección 18 Miércoles 13 de marzo de 2019
relacionados con su objeto que no estén prohibidos por las leyes o por este estatuto. 5) 99 años, 6) $ 1.000.000.-,
7 y 8) Gerente: Pablo Hernán Marcelo Carreras Lobo con domicilio especial en Uruguay 950, piso 3 departamento
5 C.A.B.A. 9) 31/06 de cada año.
Autorizado según instrumento privado CONTRATO de fecha 18/02/2019
alejo mario onorati - T°: 117 F°: 505 C.P.A.C.F.
e. 13/03/2019 N° 15075/19 v. 13/03/2019