N° 1/2019 Aviso del Boletín Oficial
RIO
Texto del aviso
RIO
El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: “RIO
s/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO” expediente N° CNE 5823/2018, que tramita por ante este
Tribunal se ha dictado la siguiente Resolución N° 1/2019: “Viedma, 8 de marzo de 2019.- AUTOS Y VISTOS: …
RESULTA: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: I) Conceder a la agrupación peticionante en autos, personalidad
jurídico política en forma provisoria para actuar como partido político en el Distrito de Río Negro con todos los
derechos y deberes emergentes del ordenamiento jurídico vigente para tal condición (Ley 23298) y con derecho
exclusivo al uso del nombre “Río”, aprobado por las autoridades fundadoras, conforme documentación obrante
a fs. 1/34 y su complementaria de fs. 105. II) Tener por integrantes de la Junta Promotora designados en el Acto
de Fundación y Constitución del 10/7/2018 a Cristian Omar Llanca (DNI 29.776.749), Juan Facundo Montecino
Odarda (DNI 34.318.001) y Mauricio Alberto Acosta (DNI 16.227.540) (ver Punto B del documento a fs. 33). III)
Tener por Declaración de Principios, Bases de Acción Política y Carta Orgánica a los textos agregados a fs. 1/32
(específicamente a fs. 1/3, 3/4 y 4/32). Ordenar la adecuación de la Carta Orgánica fundacional por los asambleístas
que constituyeron el partido a la Ley 27412 y demás aplicables, a cuyo efecto por Secretaría prodúzcase informe. IV)
Tener por apoderados partidarios a los Sres. Jonathan Luis Belmar (DNI 33.205.657) y Gustavo Andrés Alvarenga
(DNI 28.616.204) nombrados por la Asamblea Fundacional (ver Punto D del acta a fs. 33). V) Tener por domicilio
legal (art. 19 de la Ley 23298) el constituido en la calle Tucumán Nº 24 de la ciudad de Viedma por la Resolución
Nº 02/2018 de la Junta Promotora obrante a fs. 105 y presente los domicilios partidarios. VI) Otorgar el plazo
de sesenta (60) días para que las autoridades de la Junta Promotora presenten los libros (Actas de los órganos
partidarios, Inventario y Balance, Diario y de corresponder Bancos, Subdiario y Caja) exigidos por los arts. 7 bis
inc. c) y 37 ambos de la Ley 23298 y sus modificatorias, en el punto 9 de la Acordada 2/2003 de la Cámara Nacional
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.074 - Segunda Sección 84 Jueves 14 de marzo de 2019
Electoral y por el art. 21 de la Ley 26215 para su rubricación, bajo apercibimiento de las previsiones de ley en caso
de incumplimiento (conf. art. 50 inc. d) de la citada ley de partidos políticos). VII) Hacer saber a las autoridades
promotoras del partido citado que en el término de ciento cincuenta (150) días a contar a partir de la notificación de
la presente deberán presentar para su registración en el Registro de Afiliados del distrito, como mínimo la cantidad
de 2167 (dos mil ciento sesenta y siete) afiliaciones en debida forma (arts. 23 y ss de la ley de la materia), requisito
de cumplimiento previo necesario para la convocatoria válida a la realización de su primer elección interna, que
deberá llevarse a cabo de acuerdo a lo establecido por el inc. b) del art. 7 bis de la Ley 23298 y sus modificatoria,
dentro del plazo de ciento ochenta (180) y de conformidad a las disposiciones de la Carta Orgánica, bajo pena
de caducidad de la personería política concedida (art. 50 inc. d) del texto legal mencionado). VIII) Ordenar la
destrucción de las fichas de adhesiones ya registradas en el Sistema de Gestión Electoral y el mantenimiento,
dentro del cuerpo de documentación agregado por cuerda, de las respectivas planillas acompañadas con su
presentación en esta sede, generadas con el aplicativo Acordada Nº 112/2010 CNE. IX) Publicar por el término
de un (1) día y sin cargo en el Boletín Oficial de la República Argentina esta resolución, y oportunamente el texto
ordenado de la Carta Orgánica partidaria que deberá aprobar la Asamblea de Fundación realizando su integral
adecuación a las prescripciones electorales de orden público (arts. 60 y 63 in fine de la Ley Orgánica de Partidos
Políticos). X) Regístrese, notifíquese al Ministerio Público Fiscal en su despacho y a los apoderados del partido de
autos por cédulas electrónicas. Firme que se encuentre esta resolución comuníquese a la Excma. Cámara Nacional
Electoral (art. 14 in fine y art. 39 de la ley 23298 y art. 6 inc. a) del Decreto Nº 937/2010), al Registro Nacional
de Partidos Políticos - Acordadas Nºs 81/90 y 60/08 CNE- y a la Dirección Nacional Electoral dependiente del
Ministerio del Interior Obras Públicas y Viviendas a sus efectos, con remisión de fotocopias certificadas. Hágase
saber al Tribunal Electoral de la Provincia de Río Negro” Fdo. Mirta Susana Filipuzzi – Juez Federal.
Secretaría Electoral Nacional, 13 de marzo de 2019.-
Dra Mirta Susana Filipuzzi Juez - Dra. María Silvina Gutierrez Prosecretaria Electoral Nacional - Distrito Río Negro
e. 14/03/2019 N° 15662/19 v. 14/03/2019