N° 17227/19 Aviso del Boletín Oficial
INDUNOR S.A.
Texto del aviso
INDUNOR S.A.
Por Asamblea General Extraordinaria del día 27 de febrero de 2019, se aprobó por unanimidad reformar el artículo
tercero del estatuto social el cual quedo redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad
tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, las siguientes operaciones:
COMERCIALES: Mediante compra, venta, permuta, importación, exportación, representación, comisión,
consignación, y distribución de maquinarias, repuestos, accesorios, materias primas y mercaderías relacionadas
con la actividad Industrial, Forestal y Agropecuaria. INDUSTRIALES: Mediante la elaboración, fabricación,
producción, transformación de productos provenientes de la madera; de naturaleza extractiva, como ser extractos
tánicos y sus derivados; de naturaleza química, como ser furfural y sus derivados; así como también placas
aglomeradas, harinas y gomas espesantes, papeles, cartones o pastas celulósicas. FORESTALES: Mediante la
explotación de bosques, montes, obrajes, aserraderos y forestación y reforestación de tierras. INMOBILIARIAS:
mediante la compra-venta, permuta, fraccionamiento, loteos, administración y explotación de toda clase de
inmuebles, ya sean urbanos y rurales, inclusive todas las operaciones comprendidas en el régimen de propiedad
horizontal. FINANCIERAS: Mediante aportes de capital a Sociedades constituidas o a constituirse, para negocios
realizados o a realizarse; compra-venta de títulos públicos, acciones, papeles de comercio, créditos y demás
valores, operaciones de crédito con o sin constitución de hipotecas y demás derechos reales, otorgamiento de
avales, fianzas y garantías, de o a favor de terceros, para garantizar deuda propia o de terceros. En todo lo
relacionado con este fin la sociedad podrá efectuar todo tipo de contratos y operaciones, ya sea para la compra,
consignación, venta, importación, exportación, instalación, permuta, leasing, fideicomiso, prendas, avales, fianzas
y garantías personales o reales, de o a favor de terceros, gratuitas y/u onerosas, para garantizar deuda propia o de
terceros, y la realización de todas las operaciones comercialmente aceptadas sobre dicho objeto y podrá realizar
en fin todos los actos y contratos que tiendan al cumplimiento del objeto social y no sean prohibidos por las leyes
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.077 - Segunda Sección 12 Martes 19 de marzo de 2019
o por este estatuto, quedando excluidas las operaciones reguladas por la Ley N° 18.061 y toda otra que requiera
concurso público. AGROPECUARIAS: Mediante la adquisición, explotación, arrendamiento, administración y/o
venta de establecimientos agrícola-ganaderos, compra y venta de ganado, cría e invernada, siembra de cereales,
oleaginosos y toda clase de semillas y productos agropecuarios y la elaboración y comercialización de fármacos
para animales. Para el cumplimiento de sus fines, la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”.
Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 27/02/2019
andrea laura iaccarino - T°: 128 F°: 630 C.P.A.C.F.
e. 19/03/2019 N° 17227/19 v. 19/03/2019