N° 18793/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 13
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 13, en la causa N° CPE 324/2018, caratulada
“IPMAG S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769”, notifica a “IPMAG S.A.”, Osvaldo José KAIL, Roberto José
STANGANELLI y Luis Ignacio AGUEN: Buenos Aires, 21 de marzo de 2019… invítese a “IPMAG S.A.”, Osvaldo José
KAIL, Roberto José STANGANELLI y Luis Ignacio AGUEN a proponer defensor entre los abogados de la matrícula
de su confianza, haciéndole saber a los nombrados que si dentro del tercer día de notificados no lo hicieren, se
designará de oficio al Defensor Oficial que por turno corresponda (cfr. artículos 104, 107 y 197, del C.P.P.N.) y se
tendrá por constituido su domicilio en la sede de la Defensoría Oficial. Asimismo, notifíquese lo resuelto a fs. 21/24
y vta., y la concesión del recurso de apelación de fs. 31, con relación a los nombrados, por edictos... fdo. Marcelo
I. AGUINSKY, juez. ante mi: A. Mariana ZABALA DUFFAU. secretaria” Resolución de fs. 21/24 y vta.: “Buenos
Aires, 28 de diciembre de 2018… I.- DECLARAR PARCIALMENTE EXTINGUIDA POR PAGO la acción penal instada
contra IPMAG S.A. (CUIT N° 30-70802391-0), Osvaldo José KAIL (DNI N° 12.163.890), Roberto José STANGANELLI
(DNI N° 13.133.929), y Luis Ignacio AGUEN (DNI N° 18.138.649), por la presunta apropiación indebida del impuesto
a las Ganancias, para los períodos mayo de 2016 a julio de 2016, septiembre 2016, noviembre de 2016 a enero de
2017, marzo de 2017 a mayo de 2017, y noviembre de 2017, e impuesto al Valor Agregado respecto de mayo de
2016, y en consecuencia, SOBRESEER PARCIALMENTE a los nombrados, en orden a las omisiones mencionadas
(artículo 16 de la ley 24.769, y 334, 336 inciso 1° del C.P.P.N.). II.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del
C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, y notifíquese a la señora representante del Ministerio Público Fiscal. fdo. Juan
P. GALVAN GREENWAY. juez. ante mi: A. Mariana ZABALA DUFFAU. secretaria” Auto de fs. 31: “Buenos Aires, 7
de febrero de 2019. I.- Por recibida, agréguese. II.- Toda vez que el recurso de apelación interpuesto a fs. 105/108
vta. por el señor representante del Ministerio Público Fiscal, contra el pronunciamiento de fs. 99/102 vta., ha sido
presentado en legal tiempo y forma, concédase el mismo sin efecto suspensivo (artículos 337 y 450, del C.P.P.N.).
III.- Notifíquese. FDO. JUAN P. GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ: MARIANA ZABALA DUFFAU,” Marcelo I.
AGUINSKY Juez - A. Mariana ZABALA DUFFAU secretaria
e. 25/03/2019 N° 18793/19 v. 29/03/2019