N° 4751/7 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 27
El Juzgado Nacional de Prim. Inst. en lo Comercial Nº 14, a cargo del Dr. Máximo Astorga (Juez subrogante),
Sec. Nº 27, a mi cargo, sito en Av. Callao 635 2º piso de C.A.B.A, comunica por 2 días en autos “TOPOLA
GABRIEL ELIAS s/ QUIEBRA”, Expte. COM 1708/2017 que los martilleros Jorge L. Matricali CUIT 20137113237, cel.
1558003333, y Juan Carlos Di Nardo, CUIT 20146821228, cel. 1551589756, ambos monotributistas, subastarán el
10 de ABRIL de 2019 a las 10:45 hs. (en punto) en el Salón sito en Jean Jaures 545 de C.A.B.A., el 6/10 INDIVISO
del inmueble sito en JOSÉ A. CABRERA Nº4751/7, Matrícula FR 18-5174, de CABA. Según constatación efectuada
por los martilleros se trata de dos dúplex al frente y una casa con pileta y quincho al fondo; se ingresa por el portón
de acceso en P.B a cocheras para varios autos; piso bajo rasante a 2 bauleras, servicio y huéspedes; en el 1º y
2° piso dúplex de 3 dormitorios, dos baños y balcón; en los pisos superiores 3° y 4° dúplex de 3 dormitorios, dos
baños, balcón y terraza con galería vidriada; de acuerdo a manifestación del Sr. Tópola se encuentran alquilados,
todo en m/b estado. La casa del fondo se compone de 7 dormitorios, 9 baños, cocina, living, comedor, jardín,
pileta, quincho con parrilla, sauna, solárium, todo en buen estado, manifestando el Sr. Gabriel Elías Tópola que
ocupa el inmueble en carácter de propietario juntamente con su grupo familiar. CONDICIONES: Al contado y
mejor postor. BASE U$S 810.000; Seña: 30% Comisión: 3% - Arancel: 0,25%, sellado de ley 0,5%, además el
impuesto sobre la venta del bien inmueble (ley: 23.905:7), el cual no estará incluido en el precio y será retenido por
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.082 - Segunda Sección 127 Martes 26 de marzo de 2019
el escribano que otorgará la escritura traslativa de dominio. No se admitirá la compra en comisión ni la eventual
cesión de derechos del boleto de compraventa. Será inoponible todo incidente que promueva sin previo depósito
del saldo de precio. Las cuestiones manifiestamente improcedentes planteadas por el adquirente, que demoren el
pago del saldo de precio serán sancionadas con la multa prevista por el art. 581 del Cód. Proc. Serán admitidas
ofertas bajo sobre –LCQ :212 y art. 104 inc. 6º del Reglamento del Fuero- las que deberán ser presentadas por
ante este Tribunal hasta dos días hábiles antes de la subasta. La apertura de los sobres tendrá lugar en esta sede
el día hábil anterior a la subasta a las 12 hs. en audiencia pública a la que deberán comparecer los enajenadores,
los oferentes y el síndico. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos,
de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. El saldo de precio
deberá ser depositado cuando lo disponga el juzgado. Exhibición: días 3 y 4/4/19 de 10:30 a 14:30 hs, y 5 y 8/4/19
de 13 a 17 hs. Publiquese por 2 dias en el Boletín Oficial. Buenos Aires, 22 de marzo de 2019. MAXIMO ASTORGA
Juez - KARIN MARTIN SECRETARIA
e. 25/03/2019 N° 18718/19 v. 26/03/2019