N° 1371/2006 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, en la causa N° 72006613 caratulada: “ITALCOR S.A. s/
INFRACCIÓN LEY 22.415” acumulada a la causa N° 1371/2006 (6118), caratulada: “GRUPO VINOD SHIVLANI
Y OTROS S/INFR. LEY 22.415”, de la Secretaría N° 14, notifica a Sergio Adrián VECCHIO (D.N.I. N° 17.287.615)
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.082 - Segunda Sección 71 Martes 26 de marzo de 2019
de la siguiente resolución: “Buenos Aires, 15 de marzo de 2019….RESUELVO: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR
PRESCRIPCIÓN la acción penal instada en las presentes actuaciones contra Marcelo Alberto MANDRAFINA (DNI
N° 13.800.133), con relación a los hechos vinculados con los despachos de importación Nros. 05 001 IC04 082044
K; 05 001 IC05 024456 Y; 05 001 IC04 099436 A; 06 001 IC04 091515 Y; y 06 001 IC04 113841 L, documentados
a nombre de ITALCOR S.A. y, en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden a los hechos
mencionados (artículos 59 inciso 3°, 62 inciso 2° del Código Penal, artículos 863, 864 inciso c) y 865 incisos “f” y
“h” del Código Aduanero y 336 inciso 1°, del C.P.P.N.). II.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción
penal instada en las presentes actuaciones contra Sergio Adrián VECCHIO (DNI N° 17.287.615) con relación a los
hechos vinculados con los despachos de importación Nros. 05 001 IC04 082044 K; 05 001 IC05 024456 Y; y 05
001 IC04 099436 A, documentados a nombre de ITALCOR S.A.; y, en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE
al nombrado en orden a los hechos mencionados (artículos 59 inciso 3°, 62 inciso 2° del Código Penal, artículos
863, 864 inciso c) y 865 incisos “f” y “h” del Código Aduanero y 336 inciso 1°, del C.P.P.N.). III.- DECLARAR
EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada en las presentes actuaciones contra Alejandro Nicolás
BLACK (D.N.I. N° 24.481.397) con relación a los hechos vinculados con los despachos de importación Nros. 06
001 IC04 091515 Y; y 06 001 IC04 113841 L, documentados a nombre de ITALCOR S.A. y, en consecuencia,
SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden a los hechos mencionados (artículos 59 inciso 3°, 62 inciso 2° del
Código Penal, artículos 863, 864 inciso c) y 865 incisos “f” y “h” del Código Aduanero y 336 inciso 1°, del C.P.P.N.).
IV.- SIN COSTAS (confr. artículo 530, del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, notifíquese a la señora representante
del Ministerio Público Fiscal; a la parte querellante (AFIP/DGA) y a Marcelo Alberto MANDRAFINA, Sergio Adrián
VECCHIO y Alejandro Nicolás BLACK mediante cédulas de notificación. Firme, comuníquese al Registro Nacional
de Reincidencia. A tal fin, líbrense oficios. Fecho, resérvense los presentes actuados por Secretaría. fdo. Juan P.
GALVÁN GREENWAY. Juez. Ante mí: Eduardo J. VICENTE. Secretario.” Juan Pedro GALVAN GREENWAY Juez -
Eduardo Javier VICENTE Secretario
e. 26/03/2019 N° 19363/19 v. 26/03/2019