N° 20909/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría
Nº 19, a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 21.03.19
se ha decretado la quiebra de GUGA 2015 S.R.L. (CUIT 30-71488446-4), en la cual ha sido designada síndica la
contadora Isabel De Francesco con domicilio constituido en Uruguay 662 piso 3° “A” C.A.B.A., ante quien los
acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos
hasta el día 20.05.19 (L.C: 32) en el horario de 12 a 18 hs.
El informe individual de la síndico deberá presentarse el día 02.07.19, y el general el día 06.09.19 (art. 35 y 39 de la
citada ley). Intímese a la fallida y a terceros para que pongan a disposición de la síndica la totalidad de los bienes
de la deudora en la forma que sea más apta para que la funcionaria concursal tome inmediata y segura posesión
de los mismos. A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que
la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con inmediata
distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados.
Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la
fecha de la presente (art. 234 a 238 de la ley 24.522) . Intimese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros
de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad a la síndica. Intímese a la fallida para que en
el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86). Prohíbase a
los terceros hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímese a la falllida para que dentro de las 48 hs.
constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los términos de los ars.
41 y 133 del CPCCN. El presente se libra en los autos caratulados: “Guga 2015 S.R.L. s/ quiebra” (expte. N° COM
13859/2017) ”. Buenos Aires, 28 de marzo de 2019.- LEANDRO G. SCIOTTI. SECRETARIO.- HECTOR OSVALDO
CHOMER Juez - LEANDRO GABRIEL SCIOTTI SECRETARIO
e. 01/04/2019 N° 20909/19 v. 08/04/2019