N° 21130/19 Aviso del Boletín Oficial
S&S SOLUTIONS S.A.
Texto del aviso
S&S SOLUTIONS S.A.
Constitución: Esc. 23 del 28/03/19 Registro 71 CABA. Socios: Sergio Muzykanski, DNI 33.810.886, casado, domicilio
en Islas Malvinas 3090, Rio Grande, Tierra del Fuego, y Santiago Campi, soltero, DNI 33.155.267, domicilio en Capitán
Juan de San Martin 1012, San Isidro, Prov.Bs.As., ambos argentinos, empresarios, mayores de edad. Duración:
99 años. Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros,
en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: A) la prestación y explotación de servicios informáticos
y/o electrónicos y/o internet y/o redes sociales y/o comercio electrónico y de otros servicios vinculados a éstos;
B) el desarrollo; difusión; representación y comercialización de archivos, bancos de datos e información de todo
tipo; C) la fabricación, importación, distribución y comercialización de productos, equipos, insumos, contenidos o
software de todo tipo; D) la prestación, explotación de bienes y/o servicios relacionado con interfaces de sonido,
video o animación (Multimedia), sistemas de redes externas (Internet) y todo tipo de sistema de transmisión de
datos y/o audiovisual y/o de correo electrónico, incluyendo con carácter enunciativo: el diseño y programación de
software para prestación de servicios por internet; servicio creativo de animación computarizada en todas sus
fases; edición de video; digitalización de imágenes, video y sonido; diseño, implementación y puesta en marcha de
sistemas de redes internas (Intranets) para empresas; creación, diseño e implementación de espacios en Internet
(Web Site) para la venta de publicidad, bienes y/o servicios a través de Internet mediante sistemas interactivos; E) la
compra, comercialización, venta, distribución, representación, importación y/o exportación de bienes y/o servicios
relacionados con las actividades precedentemente enunciadas; F) el mantenimiento, reparación y asesoramiento
técnico relacionado con las actividades precedentemente enunciadas; G) realizar gestiones de cobranzas y/o de
pagos y aceptar y ejecutar mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por cuenta y orden y/o a nombre de
terceros a través de sistemas de transferencia electrónica por Internet y/o cualquier otro medio de pago; y H) otorgar
todo tipo de garantías, tales como aval, fianza, obligación solidaria, hipoteca, prenda o fideicomiso, ya sea para
garantizar obligaciones propias o de terceros en los que la sociedad tenga un interés o participación o con los que
la sociedad guarde alguna relación de negocios, y administración por cuenta de terceros de negocios financieros,
corretajes, mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, administración de carteras crediticias, actuar
como fiduciario ordinario o financiero, realizar operaciones que tengan por objeto valores negociables, títulos de
crédito y otros activos financieros, adquisición de créditos y derechos sobre flujos de fondos y otorgamiento de
créditos en general.- La sociedad no realizará operaciones comprendidas en la ley de Entidades Financieras, ni
aquellas para las cuales requiera el concurso del ahorro público.- A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las
leyes o por este estatuto.- Capital: $ 1.000.000. Administración: Directorio integrado por 1 a 6 titulares por 3
ejercicios. Representación Legal: Presidente del Directorio o Vicepresidente, en caso de vacancia, ausencia o
impedimento del Presidente. Fiscalización: Se prescinde. Cierre de ejercicio: 31 de diciembre. PRESIDENTE: Sergio
MUZYKANSKI; DIRECTOR TITULAR: Santiago CAMPI; y DIRECTORA SUPLENTE: Sofía Camila OTERO; aceptan
los cargos. Sede social y domicilio especial de los directores: Juramento número 1475, quinto piso, Oficina 502,
CABA.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 23 de fecha 28/03/2019 Reg. Nº 71
Georgina Sofia Cababie - Matrícula: 5392 C.E.C.B.A.
e. 01/04/2019 N° 21130/19 v. 01/04/2019