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N° 23053/19 Aviso del Boletín Oficial

INTERCARDIO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 9 de abril de 2019

Texto del aviso

INTERCARDIO S.A.

Constitución: Esc. 133 del 20-3-19 Registro 1879 CABA. Socios: Diego Luis Guastavino, nacido el 7-10-52, DNI

10.463.063; y Silvina Beatriz Budelli, nacida el 5-6-65, DNI 17.501.441, ambos domiciliados en Junin 1562 piso

10 depto.A, CABA; y Gaspar Mariano Sanfilippo, nacido el 18-12-86, DNI 32.784.280, domiciliado en Juncal

2588 Planta Baja, CABA; todos argentinos, casados, médicos. Duración: 99 años. Objeto: efectuar por cuenta

propia a de terceros, o asociada a terceros, o agrupada a terceros, o en colaboración de terceros, las siguientes

actividades: A) Realizar toda tarea concerniente a la salud del ser humano, ya sea para prevenir, evitar y reducir

su patología, promover y propender a su rehabilitación y recuperación bajo terapéuticas de todo tipo; dictar sus

cursos y congresos, capacitar personal y ejercitar la docencia a nivel primario, secundario, terciario y de post-

grado, relacionado con su objeto, participar en protocolo de investigación. B) Asesorar, planificar, programar y

ejecutar todo tipo de actividades relacionadas con sistemas integrales de salud. C) Prestar asistencia médica en

todas las especialidades reconocidas por la ciencia médica en todas sus facetas, tanto por el sistema ambulatorio

o por internación. D) Organizar y administrar servicios médicos, pudiendo a tales efectos promover y realizar

la instalación y explotación de: establecimientos asistenciales, médico-quirúrgicos, instituciones geriátricas,

laboratorios, mutuales y empresas de medicina prepaga, de carácter público o privado, con y sin fines de lucro;

abarcando todas las especialidades, servicios y actividades que se relacionen con la curación y prevención de

enfermedades, por su intermedio o de otros profesionales; pudiendo ejercer su dirección técnica y administrativa;

contratando clínicas, policlínicas, sanatorios, instituciones geriátricas, laboratorios, centros de investigación por

cuenta propia y/o en participación. E) Alquilar, adquirir, instalar, dirigir, explotar, o contratar por sí o por terceros

servicios de atención médica, formular y ejecutar planes preventivos de salud para obras sociales, estatales,

municipales, nacionales o privadas, como así también ofrecer esos servicios a personas o entes civiles, estatales,

municipales, nacionales o privados, en particular o por grupos intermedios. F) Realizar por si o por terceros traslados

y repatriaciones de enfermos o heridos desde el país al exterior al país. G) A fin de cumplimentar totalmente

su objeto, podrá la sociedad además exportar e importar equipos, materiales, maquinarias, equipamientos y

sistemas médicos de cualquier índole que se relacionen con su objeto, así como desarrollar productos de uso

médico, nuevos y en existencia. H) Celebrar operaciones financieras vinculadas directamente a su objeto. I) Podrá

establecer, explotar y/o participar en actividades comerciales referidas a su objeto principal de prestación de

servicios y gerenciamiento en salud. Realizar las tareas descriptas y comprar, vender, representar y distribuir

todo tipo de maquinarias, repuestos, patentes y marcas tanto para el Estado Nacional, Estados Provinciales o

Municipales y entes particulares, inclusive para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Capital: $ 100.000.

Presidente: Diego Luis Guastavino. Director Suplente: Gaspar Mariano Sanfilippo. Sede social y domicilio especial

de los directores: Chivilcoy 4251 piso 1 CABA. Cierre de ejercicio: 30 de junio. Administración: Directorio integrado

por 1 a 5 titulares por 3 ejercicios. Para ser Director se requiere poseer título de médico y contar con matricula

nacional. Representación legal: Presidente del Directorio o Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento del

primero. Fiscalización: Se prescinde. Para ser accionista se requiere poseer título de médico y contar con matrícula

nacional. En todos los casos, en la prestación de los servicios que correspondan a su específica incumbencia y

que en virtud de ello requieran de título habilitante y del cumplimiento de cualesquiera otras condiciones impuestas

legal y/o reglamentariamente los profesionales actuarán bajo su propia y exclusiva responsabilidad conforme a las

normas legales y reglamentarias que rigen la materia, quedando a la sociedad expresamente prohibido garantizar

en cualquier forma tales responsabilidades o asumirlas como codeudora solidaria ya sea en forma anticipada o

posterior. En caso de efectuarse transferencia de acciones a terceros ajenos a la sociedad siempre éstos deberán

contar con título de médico y matricula nacional. Sin perjuicio de la responsabilidad limitada de los socios derivada

del tipo social adoptado, toda obligación o responsabilidad asumida por éstos entre si y respecto de terceros en

el ejercicio de su profesión, será asumida bajo una responsabilidad solidaria e ilimitada, renunciando por ello a la

limitación de la responsabilidad dada por el tipo social adoptado en base a la leyes de fondo. Autorizado según

instrumento público Esc. Nº 133 de fecha 20/03/2019 Reg. Nº 1879

Ricardo Agustín Gonzalo Doldán Aristizábal - Matrícula: 4563 C.E.C.B.A.

e. 09/04/2019 N° 23053/19 v. 09/04/2019