N° 28148/2013 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17
SECRETARÍA NRO. 33
Juzgado Nacional de 1ª Instancia Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Güerri, Secretaría Nº 33, a mi
cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3º, CABA, comunica, por dos días, en autos “DILOG OESTE S.A. s/
QUIEBRA s/INC. DE VENTA Nº 3” (Expte. Nº 28148/2013/3) ”, que la martillera pública María Lorena Meza, CUIT
27-25779149-7, Responsable Inscripta, subastará el 3 de mayo 2019, a las 10:00 hs. (en punto) en Jean Jaures 545,
CABA, el 100% de los 3 automóviles que se indican a continuación: 1) Fiat Fiorino Fire dominio KCT361; 2) Fiat Fiorino
Fire dominio EEG367; 3) VW Saveiro dominio HTO635, así como dos ciclomotores Beta y la chatarra compuesta
por los cuadros de 16 ciclomotores. Los bienes se venderán en el estado que se encuentran. CONDICIONES DE
VENTA: al contado y mejor postor, todo en dinero efectivo en el acto, queda prohibida la compra en comisión, así
como la ulterior cesión del boleto de compraventa que se extienda. BASE: 1) Fiat Fiorino KCT361: $ 45.000; 2) Fiat
Fiorino EEG367: SIN BASE; 3) VW Saveiro HTO635: $ 57.500; 4) 2 ciclomotores Beta junto con las partes de 16
motos: $ 43.000; FECHA DE EXHIBICIÓN: 29 y 30 de abril 2019 en el horario de 13:30 a 15:30, el primero de los
días los automotores en la calle Bidondo 2208, José León Suarez, Prov. de Buenos Aires, y el segundo día, los
ciclomotores y la chatarra en la calle Hipólito Vieytes 198, Morón, Prov. de Buenos Aires, pudiendo contactarse los
interesados con la martillera al teléfono 15-6051-8176. SEÑA: 30%; COMISION: 10% del valor de venta; ARANCEL:
0,25% (Acordada CSJN 24/00); y SELLADO: 1%. Se deja constancia que el IVA se encuentra incluido en el precio
fijado. Las deudas que pesaren sobre los rodados en concepto de impuestos, tasas, etc., serán asumidas de
la siguiente manera: a) los importes devengados hasta la declaración de la quiebra, los organismos acreedores
respectivos deberán efectuar el correspondiente pedido de verificación, conforme lo dispuesto por la ley 24.522; b)
los devengados a partir de la quiebra, deberán ser soportados por la masa de acreedores, previo reconocimiento
de los importes del síndico (art. 240 L.C.Q.); y c) los posteriores a la fecha en que razonablemente el comprador
esté en condiciones de tomar posesión del bien, a cargo de este último. El traslado de los vehículos correrá por
cuenta, orden y riesgo del comprador de los mismos, y que éste deberá efectuar el traslado de los bienes en el
término de cinco días de aprobada la subasta. Habiéndose ordenado publicitar debidamente la subasta para
informar sobre todos los datos identificatorios de los bienes, no se admitirán reclamos sobre su estado físico y/o
jurídico. Buenos Aires, de marzo de 2019.
FEDERICO A GÜERRI Juez - RAFAEL TREBINO FIGUEROA SECRETARIO
e. 10/04/2019 N° 23578/19 v. 11/04/2019