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N° 24654/19 Aviso del Boletín Oficial

TROY S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 12 de abril de 2019

Texto del aviso

TROY S.A.

Hace saber que en la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 4 días del mes de abril

de 2019, se resolvió: i) Designar un nuevo directorio: Presidente: Néstor Mario Miguel, DNI 16.979.245 y Director

Suplente: Silvia Ríos, DNI 17.657.057. Los mencionados Directores constituyeron domicilio especial en Jaramillo

2216, Ciudad Autónoma Buenos Aires. El Directorio saliente se encontraba integrado de la misma manera; ii)

Reformar el artículo décimo primero que quedó redactado de la siguiente manera: “La dirección y administración

de la sociedad estarán a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre

un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes ejercerán las funciones por el lapso tres ejercicios, pudiendo

ser reelegidos. Mientras se prescinda de la sindicatura, la asamblea debe designar suplentes en igual o menor

número que los titulares y por el mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su

elección, existiendo sindicatura será optativo para la asamblea designar o no suplentes en igual o menor número

que los titulares. El reemplazante estará en funciones hasta que cese el impedimento del reemplazado y como

máximo hasta la próxima asamblea que se celebre. Los directores permanecerán en sus cargos hasta tanto sean

designados los reemplazantes por nueva elección en Asamblea Ordinaria celebrada en los términos del artículo

234 de la Ley Nº 19.550. En garantía de sus funciones los directores titulares deberán constituir una garantía por

el monto que determine la Inspección General de Justicia a favor de la sociedad, que deberá consistir en bonos,

títulos públicos o suma de moneda nacional o extranjera, depositados en entidades financieras o cajas de valores,

a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor

de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada director.” Autorizado según instrumento privado Asamblea

General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 04/04/2019

hernan luis gonzalo campana - T°: 44 F°: 211 C.P.A.C.F.

e. 12/04/2019 N° 24654/19 v. 12/04/2019