N° 1002/2007 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, en la causa N° 1002/2007, caratulada: “IMPORT MARWIL S.A.
S/INF. LEY 22.415” de la Secretaría N° 14, notifica a Orlando Leonel ATOCHE CORTEZ (D.N.I N° 94.049.855),
Carlos Enrique AGUILAR ENCINAS (D.N.I. N° 94.004.583), Liliana Mabel AGUIRRE (D.N.I. N° 17.035.753); Luis
Alberto SPECIOSO (D.N.I. N° 8.565.003), Alejandro Nicolás BLACK (D.N.I. N° 24.481.397), Daniel Horacio PEREGO
(D.N.I. N° 11.824.447), y Gerardo Antonio Salvador LARA (D.N.I. N° 13.238.074) de la siguiente resolución: “Buenos
Aires, 16 de abril de 2018…. RESUELVO: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal
instada en las presentes actuaciones contra Orlando Leonel ATOCHE CORTEZ (D.N.I N° 94.049.855), Carlos
Enrique AGUILAR ENCINAS (D.N.I. N° 94.004.583), Liliana Mabel AGUIRRE (D.N.I. N° 17.035.753); Luis Alberto
SPECIOSO (D.N.I. N° 8.565.003), con relación a los hechos mencionados por el considerando 5° de la presente,
y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE a los nombrados en orden a los hechos mencionados (artículos
59 inciso 3°, 62 inciso 2° del Código Penal, 864 inciso “b” y 865 inciso “f” del Código Aduanero y 334, 336
inciso 1°, del C.P.P.N.).II.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada en las presentes
actuaciones contra Alejandro Nicolás BLACK (D.N.I. N° 24.481.397) con relación a los hechos vinculados con los
despachos de importación Nros. 06 001 IC04 145741 P; 06 001 IC04 149205 Y; 06 001 IC04 162047 N; 06 001
IC04 164153 N; y 06 001 IC04 165243 Y, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden a
los hechos mencionados (artículos 59 inciso 3°, 62 inciso 2° del Código Penal, 864 inciso “b” y 865 inciso “f” del
Código Aduanero y 334, 336 inciso 1°, del C.P.P.N.).III.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción
penal instada en las presentes actuaciones contra Daniel Horacio PEREGO (D.N.I. N° 11.824.447) con relación al
hecho vinculado con el despacho de importación Nro. 06 001 IC04 177964 E, y en consecuencia, SOBRESEER
TOTALMENTE al nombrado en orden al hecho mencionado (artículos 59 inciso 3°, 62 inciso 2° del Código Penal,
864 inciso “b” y 865 inciso “f” del Código Aduanero y 334, 336 inciso 1°, del C.P.P.N.). IV.- DECLARAR EXTINGUIDA
POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada en las presentes actuaciones contra Gerardo Antonio Salvador LARA
(D.N.I. N° 13.238.074), con relación a los hechos vinculados con los despachos de importación Nros. 06 001 IC04
032098 P; 06 001 IC05 008757 V; 06 001 IC04 046384 S; 06 001 IC04 058608 U; 06 001 IC05 015356 Y; 06 001
IC04 068106 Y; y 06 001 IC04 153965 W, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden
a los hechos mencionados (artículos 59 inciso 3°, 62 inciso 2° del Código Penal, 864 inciso “b” y 865 inciso “f” del
Código Aduanero y 334, 336 inciso 1°, del C.P.P.N.).V.- DECLARAR EXTINGUIDA POR MUERTE LA ACCIÓN PENAL
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.098 - Segunda Sección 65 Lunes 22 de abril de 2019
instada en autos contra Luis Miguel PÉREZ (D.N.I. N° 4.445.342) y, en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE
al nombrado, en orden a los hechos vinculados con los despachos de importación Nros. 06 001 IC04 152931 Y; 06
001 IC04 074765 W; 06 001 IC04 155323 M; 06 001 IC04 157861 V; 06 001 IC04 159835 B; 06 001 IC04 161769 A; 06
001 IC04 161215 J; 06 001 IC04 162009 L; 06 001 IC04 164452 P; 06 001 IC04 166031 K; 06 001 IC04 168484 B; y
06 001 IC04 169710 R, (artículos 59 inciso 1°, del C.P. y 334, 335, 336 inciso 1° y 337, del C.P.P.N.). VI.- SIN COSTAS
(confr. artículo 530, del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, notifíquese a la señora representante del Ministerio
Público Fiscal y a la parte querellante mediante cédula de notificación y a Orlando Leonel ATOCHE CORTEZ
(D.N.I N° 94.049.855), Carlos Enrique AGUILAR ENCINAS (D.N.I. N° 94.004.583), Liliana Mabel AGUIRRE (D.N.I.
N° 17.035.753); Luis Alberto SPECIOSO (D.N.I. N° 8.565.003), Alejandro Nicolás BLACK (D.N.I. N° 24.481.397),
Daniel Horacio PEREGO (D.N.I. N° 11.824.447), y Gerardo Antonio Salvador LARA (D.N.I. N° 13.238.074) mediante
la publicación de edictos por el término de un día. Firme, comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia. A
tal fin, líbrense oficios. Fecho, archívese. fdo. Juan P. GALVÁN GREENWAY. Juez. Ante mí: Eduardo J. VICENTE.
Secretario.” Juan Pedro GALVAN GREENWAY Juez - Eduardo Javier VICENTE Secretario
e. 22/04/2019 N° 26252/19 v. 22/04/2019