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N° 21696/19 Aviso del Boletín Oficial

CROSSBORDER SOLUTIONS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 24 de abril de 2019

Texto del aviso

CROSSBORDER SOLUTIONS S.R.L.

Se rectifica la publicación N° 21696/19 del 04/04/2019, dejando constancia que la sociedad tiene como Objeto:

La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades por cuenta propia o de terceros o asociada a

terceros dentro de la República Argentina y/o en el extranjero: I. Servicios: Prestación de toda especie de servicios

de consultoría especializados y operaciones de back office que incluyen, entre otros, gestión de documentación,

gestión de datos y servicios de procesamiento de datos. II. Mandataria: ejercer representaciones, mandatos,

comisiones, gestiones de negocios y administración de bienes y de empresas en general. III. Servicios vinculados

a tecnología: a) Análisis, programación, capacitación e implementación de sistemas manuales o electrónicos

de información y software, administración, producción, control, elaboración, publicación, distribución, licencia,

compraventa, importación, exportación, arrendamiento de todo tipo de programas, ediciones, documentación

y sistemas de programación; b) investigación y desarrollo referidos directa o indirectamente con las actividades

descriptas precedentemente; c) Entrenamiento y educación de personas en la aplicación, operación, programación,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.100 - Segunda Sección 27 Miércoles 24 de abril de 2019

reparación y mantenimiento de los equipos y programas mencionados; d) Operación de centros de computación

y la prestación de servicios a terceros; e) Provisión y comercialización de servicios y equipos de comunicación

electrónica y de redes para consulta y distribución de información; f) Celebrar e intervenir en toda clase de

negocios mercantiles, por cuenta propia o de terceros, así como realizar y ejecutar todos los actos y operaciones

comerciales y civiles que sean necesarios o convenientes para la realización de sus objetos sociales o conexas

con los mismos. En la eventualidad que el desarrollo de alguna de las actividades vinculadas al objeto se encuentre

reglamentado como ejercicio profesional, las mismas serán llevadas a cabo por profesionales con el respectivo

título habilitante y la pertinente inscripción en la matricula correspondiente. La sociedad podrá ser representante

de organizaciones nacionales o internacionales que desarrollen actividades relativas a su área de competencia,

afiliarse, asociarse o participar en ellas así como formar agrupaciones ad-hoc de colaboración empresarial, o

uniones transitorias de empresas. Para la realización de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos y contraer obligaciones y llevar a cabo todo acto que no esté prohibido por la ley o por estos

estatutos. Autorizado según instrumento privado Contrato Social de fecha 29/03/2019

Maria Cristina Coffey - T°: 127 F°: 148 C.P.A.C.F.

e. 24/04/2019 N° 26883/19 v. 24/04/2019