N° 28160/19 Aviso del Boletín Oficial
MIRANDO A ROOSEVELT S.A.
Texto del aviso
MIRANDO A ROOSEVELT S.A.
Por Acta de Asamblea General Extraordinaria Unánime del 19/3/2018 se modifican los artículos 8 y 10 del Estatuto
Social que quedan redactados de la siguiente manera: ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración de la
sociedad estará a cargo del Directorio, integrado por dos a seis directores titulares pudiendo la Asamblea elegir
igual o menor número de suplentes, los que se incorporaran al Directorio por el orden de designación. Mientras
la sociedad prescinda de sindicatura es obligatoria la elección de directores suplentes en igual o menor número
que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjesen en el orden de su
elección. El término de duración del mandato de los directores es de tres ejercicios. La Asamblea fijara el número
de directores, así como su remuneración. El directorio sesionará con la mitad más uno de sus integrantes, y
tomará sus decisiones por mayoría de votos presentes, en caso de empate el Presidente desempatará votando
nuevamente. Los actos de disposición de los bienes inmuebles de la Sociedad deberán ser adoptados en forma
unánime por los integrantes del Directorio. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y,
en caso de que el directorio este compuesto por más de un director, un vicepresidente. Este último remplaza al
primero en caso de ausencia o impedimento. ARTICULO DECIMO. El Directorio tiene amplias facultades para
administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme
los artículos 375, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Puede en consecuencia,
celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social,
entre ellos, operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y/o privadas,
establecer agencias, sucursales y otra especie de representación dentro y/o fuera del país. Para la realización de
actos de disposición de bienes inmuebles de la Sociedad la decisión debe ser adoptada por los integrantes del
Directorio en forma unánime conforme lo establecido en el artículo 8 del Estatuto Social. La representación legal
de la sociedad corresponde al presidente o al Vicepresidente en su caso. Autorizado según instrumento privado
Acta de Asamblea de fecha 19/03/2018
Rosa Maria Oller Lopez - T°: 66 F°: 809 C.P.A.C.F.
e. 29/04/2019 N° 28160/19 v. 29/04/2019