N° 30114/19 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL NRO. 1
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL NRO. 1
SECRETARÍA NRO. 1
El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 1, a cargo del Dr. Enrique Lavié Pico, Secretaría
Nro. 1, a mi cargo, sito en la calle Tucumán 1381, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber que en los autos
caratulados: “ASOCIACION CIVIL PROYECTO GOYA c/EN-COMISION NACIONAL DE MONUMENTOS LUGARES
Y BIENE HISTORICOS s/AMPARO LEY 16.986” (EXPTE. NRO 11829/2019) se ha resuelto en fecha 11 de abril del año
en curso declarar formalmente adminisible la acción colectiva promovida para preservar un derecho de incidencia
colectiva como es la protección del patrimonio histórico y cultural del Casco Historico y su Area de Amortiguación
de la Ciudad de Goya (Provincia de Corrientes), identificando el objeto procesal de la causa del siguiente modo: La
Asociación Civil Proyecto Goya promovió la presente acción en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional
contra el Poder Ejecutivo Nacional y la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos,
con el objeto de que se les ordene cumplir con su obligación constitucional de proteger el patrimonio histórico y
cultural del Casco Histórico y su Area de Amortiguación de la ciudad de Goya (Provincia de Corrientes), en virtud
de la violación de los arts. 31 y 41 de la constitución Nacional, de la ley 25.675 y de la ley 12.665 -T.O. por ley 21.703.
Asimismo, solicita se ordene al Poder Ejecutivo Nacional que dicte el acto administrativo correspondiente, y a la
Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos que ejerza su competencia en materia de
superintendencia, suspendiendo las construcciones que superen los 7 metros de altura y la demolición de los
edificios anteriores a 1930, hasta tanto se elabore un plan de ordenamiento territorial con participación ciudadana
que garantice la protección del paisaje urbano y se realice una evaluación de impacto ambiental. Por último,
peticiona que se declare la nulidad de la ordenanza municipal 2018/2018 de la ciudad de Goya. Por otra parte, se
ha reconocido la idoneidad de la “Asociación Civil Proyecto Goya” para representar al colectivo involucrado y se
instauro como procedimiento para garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieran
tener un interés en el resultado del litigio y permitir su eventual participación, la publicación de esta desición en
el Centro de Información Judicial (CIJ) y de edictos por dos (2) días en el Boletín Oficial, en el diario Clarín y en
el diario El Litoral, comunicando la existencia del proceso y la facultad de comparecer –dentro del plazo de diez
(10) días hábiles judiciales computados a partir de la última publicación de los edictos- de todas las personas que
pudieren considerarse afectadas, el Defensor del Pueblo de la Nación y las Asociaciones Civiles que propendan la
protección de los derechos aquí involucrados. Los interesados podrán acceder al texto completo de la resolución
que así lo ordena vía Internet al Sistema de Consulta de Causas del Poder Judicial de la Nación (http: //scw.pjn.
gov.ar/scw/home.seam). Buenos Aires, 3 de mayo de 2019. Enrique V. Lavié Pico Juez - Angeles Lausi Secretaria
e. 06/05/2019 N° 30114/19 v. 07/05/2019